viernes, 9 de abril de 2010

Una Operación inquisitorial (XXVIII)

    Se da una circunstancia muy especial que podría hacer que alguien acabe imputado por omisión, caso de ser ciertas las irregularidades, en algunos de los convenios, que se citan en las denuncias. Como veremos, algunos convenios denunciados, o en cualquier caso sus informes,  ni siquiera habían llegado a firmarse, lo que nos hace suponer que si eran ilegales y la fiscalía ya tenía conocimiento de ello, de haberse firmado con posterioridad a la presentación de las denuncias, habría incurrido en un delito por omisión ya que este órgano judicial es una autoridad pública que debió haberlo impedido.
    Por ejemplo en la página 19 del Tomo I, se consignan:

   " ...Informe de fecha 14 de marzo de 2005 sobre el convenio a suscribir entre el Ayuntamiento de Estepona y la entidad VEMOSUR DESARROLLOS INMOBILIARIOS SL para la sustitución económica de la cesión de aprovechamiento firmado por el jefe del servicio jurídico de urbanismo Andrés A. FLORES GÓMEZ..."

"...Informe sobre el convenio a suscribir entre el Ayuntamiento de Estepona y las entidades URBANIZADORA XXI SL, PROMOSALDE SL y PROCONSOL ESTEPONA SL para la sustitución económica de la cesión de aprovechamiento firmado por el jefe del servicio jurídico de urbanismo Andrés A. FLORES GÓMEZ en fecha 19 de abríl de 2005..."

   A pesar de que estos informes se realizaron en 2005, cuando son denunciados un año después se señala "a convenir" lo que parece dar a entender que áun no se habían suscrito o conveniados, bien los informes citados o bien los convenios a lo que se refieren los mismos cuando son denunciados. Sin descartar, aunque me extraña, que se trate de una confusión semántica. Ya que cuando los convenios han sido firmados, se consigna en las demandas el día en que tuvo lugar la aprobación plenaria.
     He aquí otro ejemplo que aparece en la página 21 del citado tomo I:

   "...Informe sobre el convenio a suscribir entre el Ayuntamiento y Germán MACÍAS SÁNCHEZ para la sustitución económica de la cesión de aprovechamiento, firmado por el asesor jurídico municipal Silvia CASTRO REY en fecha 6 de septiembre de 2005..."

O en la página 23:

   "...Informe sobre el convenio a suscribir entre el Ayuntamiento de Estepona y la entidad INVERSORA INMOBILIARIA ERIDANO SL para la sustitución económica de la cesión de aprovechamiento firmado en fecha 28 de junio de 2005 por el jefe del servicio juridico de urbanismo Andrés A. FLORES GÓMEZ..."

   "...Informe sobre el convenio a suscribir entre el ayuntamiento y la entidad TORE VELERIN &  CO S.A. para la sustitución económica de la cesión de aprovechamiento, firmado por el jefe del Servicio Juridico de Urbanismo Andrés A. FLORES GÓMEZ..."


   En esa misma página llama además la atención la presentación de un convenio sin fecha ni firma además de su correspondiente "informe a suscribir":

    "...11.- Convenio Urbanístico sin fecha y sin firma entre el alcalde de Estepona y Rafael de los Reyes ROMÁN MEDINA en representación de la entidad LÁBARO GRUPO INMOBILIARIO S.A, Antonio BA\ZÁN RAMOS en representación de la entidad ESTESUR SL y Vicente DELGADO ALGAS en representación de GOMOLATE S.A. Informe sobre el convenio a suscribir entre el Ayuntamiento de Estepona y los propietarios y adjudicatarios de aprovechamientos del sector SUP-E5 CORTIJO CASAREÑO, firmado por el jefe del servicio juridico de urbanismo Andrés A. FLORES GÓMEZ en fecha 14 de marzo de 2005..."

 Página 25:

   "...Informe sobre el convenio a suscribir entre el Ayuntamiento de Estepona y la entidad PARQUE ROSALES S.L. para la sustitución económica de la cesión de aprovechamiento, firmado por el jefe del servicio juridico de urbanismo Andrés A. FLORES GÓMEZ en fecha 11 de agosto de 2005..."

   "...Informe sobre el convenio a suscribir entre el ayirntamiento de Estepona y las propietarias de la unidad de ejecución UPP-E6B BEL AIR II firmado por el jefe del servicio juridico de urbanismo Andrés A. FLORES GÓMEZ en fecha 12 de agosto de 2005..."


Página 29:

     "...Informe sobre el convenio a suscribir entre el Ayuntamiento de Estepona y la entidad CRESAN GESTIONES S.L. para la sustitución económica de la cesión de aprovechamiento firmado por el asesor jurídico de urbanismo en fecha 23 de junio de 2004..."

     "...Informe sobre el convenio a suscríbir entre el Ayuntamiento de Estepona y la sociedad GRUPO PRA S.A. para la sustitución económica de la cesión de aprovechamiento firmado en fecha 11 de febrero de 2004 por el asesor jurídico de urbanismo Andrés A. FLORES GÓMEZ..." 


Página 37:

      "...Informe de fecha 19 de enero de 2005 sobre convenio a suscribir entre el Ayuntamiento de Estepona y la entidad ESTESUR, firmado por el jefe del servicio jurídico de urbanismo Andrés A. Flores Gómez..."
O este otro en la misma página:

   "...Juego de 99 hojas recogidas con un clip y folio doblado manuscrito con el título "Nº 14 CHAMARTIN" conteniendo Convenio, sin fecha y sin firmar entre el Ayuntamiento de Estepona y CHAMARTIN MONTERROSO SL..."


    Y así hasta un exhaustivo número de informes que sería reiterativo y cansino exponerlos todos. No obstante consideramos que estos ejemplos hablan por sí mismo respecto a lo dicho al principio. Supongo que si estos informes, y los demás que omitimos, a suscribir, o sea pendientes de suscribir, se suscribieron después de tener constancia la fiscalía, alguien tendrá que responder de ello. Eso suponiendo que fuesen ilegales o irregulares tal como se pretende en las denuncias; porque todos estos técnicos y otros que no citamos aquí, pero igualmente objetos de las denuncias de Valadez continúan desempeñando sus cargos e, incluso, recibiendo productividades de dusosa legalidad según denuncias del CSIF.
La compañera de denuncias de Valadez es abogada, así es que supongo que lo que a continuación nos desvela el sumario se habrá hecho con las de la ley:

     "...Juego de 3 hojas recogidas con un clip y folio doblado manuscrito con el título "N" 8 ARTURO M. CEBRIÁN" conteniendo copia de contratos de trabajo de Arturo Manuel CEBRIÁN GARCÍA con el Ayuntamiento de Estepona entre el 10 de agosto de 2004 y el 9 de febrero de 2005 y otro entre el 1 de abril de 2005 y Fin de Obra o Servicio, de fechas 10 de agosto de 2004 y 1 de abril de 2005 respectivamente y cláusula adicional de contrato de trabajo de fecha 1 de abril de 2005 con objeto de coordinar y dirigir distintos desarrollos urbanísticos..."
Página 31. I Tomo.

    Sin entrar en los medios usados para conseguirlos, se ofrece como pureba de cargo las copias de los contratos de trabajo de una persona, en una clara violación de la intimidad o de su privacidad. Si el contrato era legal o no, lo lógico es haberlo solicitado por registro de entrada o simplemente haciendo gala de su condición de Concejal pero dejando constancia escrita de ello, haberlo denunciado con conocimiento del denunciante, por parte de la autoridad judicial, para que pueda defenderse. Pero, para más despropósito  las denuncias contra él se refieren a decisiones tomadas en el ámbito de sus funciones, no respecto a la legalidad de su contratación.  ¿Quiere desprenderse de las denuncias que realizó mal su trabajo porque su contratación fue irregular? Si fuese así dicha circunstancia justificaría la no correcta ejecución de su trabajo, lo que restaría intencionalidad a las decisiones que tomara. Asi es que no se explica que se vulneren los derechos de una persona, denunciando sus contratos, para justificar una actuación irregular. Lo lógico sería denunciar su contratación, incluso desde antes de tener noticia de sus malas prácticas. Por lo que esta documentación  es irrevelante para el sumario si lo que se intenta es condenar sus actos presuntamente irregulares. Este es un ejemplo claro del seguidismo de las autoridades judiciales hacia los interesados criterios de Valadez.
     Por cierto que Arturo M. Cebrían es el que, en un principio, se asociaba con el "hombre de Roca" (incluso desde la radio donde trabaja la señora de Valadez), en el Ayuntamiento de Estepona. Sin embargo se le impuso tras su declaración una de las fianza más bajas; creo recordar que 30.000 euros. Posteriormente se identificó al "hombre de Roca" en el Ayuntamiento de Estepona con  Pedro López; para al final recaer tal "distinción" en José Ignacio Crespo, dependiendo de las filtraciones del sumario "secreto" que iban apareciendo, sobre todo en la prensa Bilderberg (PRISA) afín a Valadez.

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Nota

Pedimos al lector que si tuviera conocimiento de algún dato erróneo aquí expuesto, que no venga derivado del sumario, sino de nuestro análisis, no dude en ponerse en contacto con el editor en operacionastapa@yahoo.es