jueves, 1 de abril de 2010

Una Operación inquisitorial (XXIV). "Hijo" del inversor, por obra y gracia de Valadez.

Una máxima del sentido común dice que no se puede vender la piel del oso antes de cazarlo. ¿Qué pensaría usted si por el hecho de llamarse como otra persona le metieran en la cárcel?. Pues bien, a tenor de lo que revelan los datos conocidos del sumario,  levantados hasta ahora, y que se prolongan hasta finales de junio de 2008 (dos semanas después de la operación “antiterrorista”), ese parece ser el mayor delito que haya cometido Manuel Reina: llamarse igual que otra persona y asociarlo por tanto familiarmente a ésta. Ya habíamos apuntado algo a este respecto en los anteriores capítulos. Veamos pues a qué me refiero.

   Algo que tenía muy seguro la Policía, era que Manuel Reina participó en un convenio representando a su propia familia, al tiempo que firmaba dicho convenio, por parte del Ayuntamiento junto a otros ediles. Hasta este dato, Reina posiblemente hubiera tenido una fianza menor incluso que Zamorano, sobre el cual pesan muchos más indicios de delito que contra el citado Reina, aunque en la mayoría de los casos, igual de infundados y basados en la ilegalidad de las escuchas. Desde luego no hubiera tenido razones la jueza para meterlo en la cárcel, en su erróneo auto de prisión contra él, confundida por una falsa información que la Policía, de forma frívola, daba toda credibilidad desde el mismo día de la denuncia casi dos años antes.
 
      Les recuerdo que, aunque el encabezado del titular de estos escritos se refiere al tomo I, no es hasta el tomo IX, donde la Policía analiza los convenios denunciados en noviembre de 2006, y que aparecen referenciados en el citado primer tomo. Por tanto, este dato que explicamos a continuación sale del análisis de los convenios que la Policía realiza en el tomo IX. Al cual dedicábamos gran parte del capítulo anterior.

     Volviendo a lo de Manuel Reina. Ya dijimos que el hecho de que no apareciera en el sumario su verdadera profesión de Licenciado en Economía y Ciencias empresariales, sino la de empresario y concejal; así como la falsa imputación de familiaridad paternal con un firmante de un convenio investigado, sería el motivo de una serie de errores en cadena que imputarían falsamente a Reina. Ahora podemos afirmar también, que éstos fueron los que realmente llevaron a la cárcel a este concejal. Esperemos que los demás datos a otros imputados estén más contrastados que éste, de lo contrario el ridículo policial y la comicidad del sumario va a superar  a las  películas de Groucho Marx.  Pero no crean, todo lo que conocemos del sumario “está cortado por el mismo patrón”.

     Con todos mis respetos, pero según esta lumbrera de sumario político policial, en su tomo IX página 283, en el informe  que venimos comentando y que data del 3 de junio de 2008 (a falta de 14 para el inicio de la operación “anti-terrorista”), Manuel Reina Contreras "es hijo" del firmante del convenio de Camino de Cortes:

“CONVENIO URBANÍSTICO DE "CAMINO DE CORTES (SUNP-E2V' .-
El presente Convenio guarda una estrecha relación con el ex Concejal de
Hacienda Manuel REINA CONTRERAS, ya que una de las mercantiles firmantes del
Convenio, ALMACENES REUNIDOS SA, tiene entre sus órganos sociales al padre de
Manuel, Manuel REINA RUIZ, y a sus hermanastros Roberto REINA FERRI y
Manuel REINA FERRI.”

    Dice esta parrafada, y no se será porque no habían  tenido tiempo para investigar, puesto que hacía casi dos años de la denuncia, que Manuel Reina Contreras es hijo de Manuel Reina Ruiz, quien pertenece a los órganos sociales de la empresa firmante del convenio. Nada más lejos de la verdad, y no se trata de una mera errata. De todos los datos que hasta ahora se han hecho público  del sumario, este seria el hecho más grave imputable a Manuel Reina (el concejal). Sin embargo estos datos no son ciertos. Su padre efectivamente se llama Manuel Reina (omitiremos el segundo apellido puesto que su padre real no aparece en el sumario y no queremos que nos denuncien por la Ley de Protección de datos), pero no es el que se refiere en este párrafo,  su padre biológico no está imputado en nada. De hecho sólo lo ha visto varias veces en la vida y la última vez fue hace muchos años.En cuanto a su profesión, hoy jubilado, fue la de maquinista de obras públicas.

    Esta no es más que otra prueba de la precipitación policial a la hora de tener en cuenta el contenido de las denuncias de los concejales informantes. Ni que decir tiene que, por tanto, esos  tampoco son sus hermanastros, los cuales se citan en otros pasajes del sumario como propietarios de coches de “alta gama”, ¡no faltaría más!. Esta familia tiene muchísimo dinero. Ya hemos comentado que quienes les han conocido hablan de que son millonarios. En el sumario aparece que una de sus empresas se constituyó en 1977. Lo cual indica que no es un desaprensivo temporal de la especulación urbanística.

     Más abajo el informe nuevamente cita a Manuel Reina.  Así, en la página 293 del mismo, tomo IX, se dice  nuevamente, para dejar bien claro que no es un error tipográfico sino una consideración asumida por la Policía, lo siguiente:

      "ALMACENES REUNIDOS SA, tiene como órganos sociales entre otros «a Manuel
REINA RUIZ, Manuel REINA FERRI y Roberto REINA FERRI. El primero es el
padre y los otros dos hermanastros de Manuel REINA CONTRERAS, edil
perteneciente al PES que ha ostentado los cargos de Concejal de Hacienda y
Economía y Consejero delegado de todas las empresas municipales, hasta las
elecciones de 2007.”

¡Menunda metedura de pata!
    Ya hemos dicho que es falso también que esos fueran sus hermanastros, puesto que tal no era su padre.  Pero da la impresión que esta serie de conexiones sólo se les permite a los consejeros y familiares de la Junta de Andalucía (ver en Internet La telaraña  Andaluza o La Tela de Araña Andaluza o la manipulación de la Ley que hace Chaves para dar una subvención de 10 millones de euros a una empresa donde es apoderada su hija, publicada en el diario El Mundo de 27 de mayo de 2009).  Lógicamente un error les lleva a los investigadores a otro. Así en esa misma página se dice:

"Reconstrucción de la operación.-
En el desarrollo del estudio del presente informe se irán reflejando una serie de
anomalías, las cuales, si resultan significables de por sí, toman mayor importancia si
se tiene en cuenta que el padre de Manuel REINA es uno de los protagonistas del
presente Convenio.”

     Repetimos que éste inversor no es padre de Mauel Reina. Y he ahí el error garrafal definitivo, puesto que entre los firmantes por parte del Ayuntamiento se encuentra él, además de Antonio Barrientos y otros,  y su propio falso “padre”, por parte  de la empresa. Pues bien, este error policial es el que ha justificado el ingreso en prisión de este Concejal, paseado junto a los demás por todos los medios de comunicación, esposado, después de cuatro días en el calabazo antes de declarar "nada, por cierto" más allá de su identidad, ante la jueza:

1. PERSONAS QUE INTERVIENEN
• Personas jurídicas:
- CORSAN-CORVIAM SA (A82807744)
- ALMACENES REUNIDOS SA (A46109823)
• Personas del Ayuntamiento:
Antonio BARRIENTOS GONZÁLEZ (Alcalde)
-José Manuel DUARTE DOMÍNGUEZ (Vicesecretario)
- Andrés A. FLORES GÓMEZ (Jefe Servicio Jurídico Urbanismo)
- Ignacio de la HOZ PÉREZ PLA (Arquitecto municipal)
- Manuel REINA CONTRERAS (Ex Concejal de Hacienda)
- José FLORES SIMÓN (Jefe del Gabinete de Alcaldía)
• Personas de las Mercantiles:
- José SENDARRUBIAS REDONDO (00383260B)
- Néstor MONTOYA VILLAROYA (17803948Q)
- Rafael PASCUAL ALBERO (21521561R)
- Manuel REINA RUIZ (75584315J)
Ángel SANZ IZQUIERDO (50032902J)

    Tan segura estaba la Policía de que Manuel Reina Ruiz era el padre de Manuel Reina Contreras que ni siquiera se lo preguntaron en el interrogatorio; lo tenían asumido como un dato cierto e incuestionable. Si se lo hubieran preguntado en el interrogatorio y posteriormente averiguado o verificado, a través de los múltiples canales de los que dispone la Policía, no habría habido razón para su ingreso en prisión. Tal vez, si acaso, para una leve fianza, como Zamorano, cuyas implicaciones son superiores a tenor de lo que nos dice lo que hasta ahora sabemos del sumario.     
    ¿Dónde está aquella Policía que la primera pregunta que te hacía  al interrogarte era preguntarte si tú eras hijo de fulano y de mengana? Aquella Policía que antes de interrogarte ya sabía quiénes  eran tus padres (los verdaderos). ¡Cómo han cambiado los tiempos con tanta Constitución y tantos paniaguados del régimen incluidos jueces y fiscales!

     Dada la convicción de la Policía respecto al lazo familiar del empresario con el concejal, como no hay tres sin cuatro,  a partir de esa confusión viene otro error apreciativo de manual. La siguiente alusión a Manuel Reina, el concejal,  nos la proporciona la página 301 del citado informe y tomo, cuando en base a lo que ya mantiene la Policía como cierto, ésta sostiene que al ser el empresario el padre del concejal, éste  ha podido tener información priviligiada y un interés familiar en la compra de los terrenos del convenio. No se lo pierdan, miren qué perla sabiendo lo que ahora sabemos:

“Pero más curiosa resulta ésta adhesión, si tenemos en cuenta que las citadas
fincas fueron adquiridas el 04 de febrero de 2005, cinco meses antes de la firma del
Convenio, a Mariana JIMÉNEZ ARAGÓN, y si tenemos en cuenta que uno de los
Apoderados Mancomunados es Manuel REINA RUIZ, el padre de Manuel REINA
CONTRERAS, en esos momentos Concejal de Hacienda, pudiéndonos preguntar si
dicha mercantil tuvo algún tipo de información privilegiada que le impulsara a comprar
terrenos en dicho sector a sabiendas de su revalorización.”

   Dicen los lumbreras: “...pudiéndonos preguntar si dicha mercantil tuvo algún tipo de información privilegiada que le impulsara a comprar terrenos en dicho sector a sabiendas de su revalorización.”. Y ahora digo yo, que no soy Policía, ¿Por qué no le preguntaron primero a Reina si este señor era su padre? ¿No hubiera sido mejor? Vamos de  patón tras patón. De hecho, la última alusión a Reina en este  convenio, no se refiere al mismo convenio en sí, sino a una mera conversación y posterior inclusión policial en la investigación de este convenio, que versa sobre un asunto concerniente a su trabajo como Concejal de Hacienda, pero que la Policía lo incluye en el mismo o lo relaciona sin venir a cuento, sólo por la respuesta que le da el interlocutor. De hecho la misma Policía admite que no sabe con quién habla:

      “Por último destacar la conversación que mantiene Manuel REINA
CONTRERAS con Simón, del que se desconocen más datos de filiación, que pudiera
ser un jefe de gestión de urbanismo, en la que Manuel le indica que "para acabar el
mes necesita unas previsiones de ingreso de 350.000€, que haya algún Convenio por
esa cantidad, o algún pico pendiente por aprobar" contestándole Simón que "no queda
nada, lo último que quedaba es lo de Corsan Corvian y ya está".

     ¡Claro!, como Corsan Corvian  han actuado con una empresa del falso “padre” de Reina en este convenio, pues ya tenemos otra sospecha infundada y apoyada en datos erróneos para meterle en la cárcel. Por eso fue Reina a la cárcel, por cuatro o cinco errores derivados de creer las palabras de los denunciantes, sin antes contrastarlas. Por no cuestionar lo que cualquiera venga a contar sobre otros. Lo que dice mucho sobre la experiencia policial de los investigadores. Por lo visto recién salidos de la Academia.

    Hemos explicado cómo la verdadera profesión de Manuel Reina (PES), de economista, se omite, y asegurábamos que escondía cierta intencionalidad. Pues bien, nos basábamos en  la ficha que la Policía hace en relación a los cargos que se le imputan. Dice así:

PROFESIÓN:
~ Empresario.
~ Ex Concejal de Economía y Hacienda (por el PES) y Consejero Delegado de
todas las sociedades municipales, Incluida la de Urbanismo.
~ Concejal en la oposición.” Tomo IX. Página 2225

   Por cierto, el hecho de ser Consejero Delegado de todas las sociedades municipales es un requisito estatutario de las mismas, que obliga a ostentar dicho cargo al Concejal de Hacienda. Como vemos, también en esto se observa cierta intencionalidad en esta otra omisión que se produce en el sentido que acabo de explicar. Sin embargo, en el caso de Francisco Zamorano Vázquez, también economista, no se produce esta omisión respecto a su profesión. ¿No es extraño? Más extraño es que también es empresario y dicha definición no aparece:

“PROFESIÓN:
- Concejal de Economía, Hacienda y Personal del Ayuntamiento de Estepona.
~ Director Económico para la revisión del Plan General de Ordenación Urbana
(PGOU) en la Empresa de Planeamiento EMPLADUS y Corredor Inmobiliario.
- Jefe de Servicio del Hospital Clínico de Málaga.
~ Economista.” Tomo IX. Página 2397.

  Curiosamente, contra Zamorano, del PSOE (Gobierno de la Nación), se impuso una fianza de 50.000 euros. A pesar de que sus imputaciones en el sumario, como tendremos ocasión de analizar, evidencian mayores delitos que Manuel Reina, así como una participación, por su parte o por parte de sus ramas familiares, en casi todas las actuaciones que se denuncian en este precipitado sumario. Mientras que a Reina le aparecen algunas conexiones difusas con empresas que se cuentan con los dedos de una mano, a lo largo del mismo, agravado con erróneas conclusiones, y lo ingresan en la cárcel. A Zamorano, por el contrario, que aparece salpicado por prácticamente todas las empresas o entidades que van apareciendo en la "investigación", se le impone una de las fianzas más bajas y no es ingresado en prisión. ¿Por qué? Se imaginan el escándalo que hubiese provocado ver a un ex-senador socialista exposado e ingresado en prisión. ¿Qué creen?. Las autoridades están en todo.

    Ahora, para revelaciones ésta. Resulta que también existen lazos familiares entre Reina y Zamorano. Podrían ser hermanos o primos. Esto sí que no lo sabían los esteponeros. Fíjense si está en todo la Policía, que hasta la propia madre de Zamorano Vázquez es la misma que la de Manuel Reina y nadie  en Estepona lo había descubierto antes. ¿Ahora resulta que van a ser hermanastros, a lo mejor? Parece ser que la madre de Fº Zamorano Vázquez es  “María Contreras”, según el sumario. Aunque no sabía yo que en España, llamándote Zamorano Vázquez (Vázquez por parte de madre) ella se llame Contreras de primer apellido. Miren:

  “ZAMORANO VÁZQUEZ. Francisco José.-

“RELACIONES FAMILIARES:
・Padre: Francisco ZAMORANO
   Madre: María CONTRERAS”.
 Tomo IX. Pagina 2399

   Y digo yo, por qué se llama Zamorano Vázquez en vez de Zamorano Contreras como, según la Policía, debería llamarse. Toda una revelación que seguramente ni ellos mismos conocían (menos mal que la Policía está en todo). Exactamente la madre de Zamorano, a expensas de conocer el segundo apellido, es la misma que la de Manuel Reina Contreras. Observen al final del siguiente párrafo literal del sumario:

“REINA CONTRERAS Manuel.-

RELACIONES FAMILIARES:
Padre: Manuel REINA RUIZ (75584315J)
~ Según el Registro de la Propiedad le figuran titularidades en los Registros
de Gandía 1 y 4, en Ontinyent, en Marbella 2 y en Benalmádena 2.
~ Según la Oficina Virtual del Catastro (29/05/2008) es titular de las siguientes
propiedades: 15 Bienes Inmuebles urbanos y 4 rústicos, ninguno en Estepona.
~ Según el Registro Mercantil: es Órgano social de 19 mercantiles registradas
en las provincias de Alicante, Valencia, Barcelona, Las Palmas de Gran Canaria
y Sevilla. Destaca ALMACENES REUNIDOS SA (A46109823) pues firma el
convenio Camino de Cortes en Estepona.
~ En Málaga participa como Administrador Mancomunado de SAN PEDRO
2002 PROMOTORA DE EDIFICIOS SL (B92222223), fecha de constitución
26.02.2001, calle Pirandello, 6 Portal 3 Planta 6-3 Corona, Málaga: la creación,
modificación, enajenación, en totalidad o partes y explotación de cualquier forma
de polígonos urbanos, industriales o residentes y edificaciones de todas
calleases en los mismos o fuera de ellos, sean o no de protección oficial para su
arrendamiento o venta. Administrador Mancomunado José ÁVILA ROJAS (más
de 60 mercantiles, algunas de ellas en Málaga, Malaya). Le figuran 8 bienes
inmuebles urbanos en Marbella.
~ Carece de Vehículos a su nombre.
Madre: Maria CONTRERAS”
Tomo IX. Página 2227

    Como verán la Policía establece aquí otra referencia diferencial, basada en datos erróneos, para marcar distancias entre Zamorano (PSOE Gobierno Nación, ¡Cuidadoooorrr!) y Manuel Reina (PES, “partido que hay que eliminar y que no tiene derecho a existir”). 

    Como ven, al padre de Zamorano no se le hace ninguna filiación, dando a entender que no tiene nada que ver con los datos que se investigan o que falleció. Por lo visto tampoco debía tener propiedades. Destacando, sin embargo, una relación de empresas y propiedades  en las que participa quien la Policía cree que es el padre de Manuel Reina que, como hemos explicado más arriba, no es tal. Y no damos más información sobre este detalle por motivos legales. Puesto que su padre biológico no aparece en el sumario, no seremos nosotros quienes lo pongamos en la palestra pública.

    Tampoco se extrañen tanto, en otro apartado que ya llegaremos, se nos revela a los estupefactos esteponeros que la mujer de Antonio Bazán Ramos es la misma que la de su hermano Lorenzo Bazán Ramos.
     Ya les digo que si no hubiera sido por la saña con que se inició esta operación para la toma de la alcaldía de Estepona, hoy el sumario resultaría meramente anecdótico y cómico. Pero ha habido gente a las que se les ha privado de libertad y lo peor es que tanto la jueza como el fiscal, como  veremos,  tenían elementos de valor para haberlos puesto en libertad a la semana de haber ingresado, no a los seis meses.

    Estos datos sobre Reina, aún están pendientes de rectificación por parte de los "investigadores". Al tiempo de actualizar esta entrada en 2016, sólo los que han sido puestos en la palestra de medios de comunicación nacionales expuestos por los imputados en entrevistas posteriores o informaciones aparecidas, han sido rectificados por la Policía. Uno referido a la recalifación de terrenos del ex-alcalde Antonio Barrientos, otro referido a un funcionario municipal al que se le acusaba de millonario y hacer negocios con el ayuntamiento y otro referido a la imputación de la ex-edil de Cultura por unos dineros encontrados en su sede que, finalmente, el juzgado hubo de devolver al ayuntamiento, al estar plenamente justificados, lo cual negó en principio el ínclito de Valadez. Al menos son los tres, que recordamos en estos momentos.

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Una Operación inquisitorial (XXIII)

Al fin y al cabo le pagamos nosotros, los contribuyentes. Aunque de ahí a que la Justicia  emana del pueblo va un trecho. De hecho, hay jueces que no deberían de salir de los juzgados de familia, si acaso, que a lo mejor tampoco. Los asuntos relacionados con derechos constitucionales son demasiado delicados como para dejarlo en manos de ciertas edades e ideologías. Emane del pueblo o no, no habrá Justicia en España hasta el día que se puedan decir estas cosas en un juicio sin caer en el desacato.
Recapitulemos. Es importante en este punto fijarnos en las fechas, por lo que a continuación analizaremos. El día 29 de enero de 2007, Valadez y Cristina se ratifican ante el fiscal de Málaga. Raudo y veloz, el día 30 del mismo mes (un día después), el fiscal solicita medidas de actuación a la Dirección General de la Policía en Madrid. El día 27 de marzo, en plena campaña electoral (lo cual me hace imaginar el miedo en Interior a que se filtrara alguna información como, de hecho, casi ocurrió, aunque quedó en un mero confuso conato), la policía responde al fiscal de Málaga con dos medidas estrellas para iniciar la investigación. Habían transcurrido dos meses desde la petición del fiscal de que le aconsejaran.  Por medio fechas navideñas y Reyes Magos.

     Un día después, el día 28 (página 101), el fiscal interpone  “denuncia ante el Juzgado Decano de dicha localidad, mediante escrito adjunto”. El escrito adjunto no es más que una interpretación afín a las denuncias de Valadez, contenida en el informe policial. No obstante, aún las actuaciones no se han declarado secretas a día 28 de marzo de 2007. Precisamente una de las peticiones del fiscal en el informe de esta fecha, era declarar secretas las actuaciones. Página 103:

“1°.- Que se solicite Apertura de Diligencias Previas en un Juzgado competente para la instrucción de estos delitos, decretando en su caso el correspondiente "Secreto de las actuaciones"”   Otra petición de la Policía en el informe de 27 de marzo, era que las escuchas fueran autorizadas con retroactividad al día 1 de Marzo de 2007, lo cual es de dudosa legalidad pues, recordemos, en esa fecha las diligencias aún ni siquiera han sido declaradas secretas. He aquí lo que dice el informe policial:

“Que facilite a esta Brigada de Delincuencia Económica y Fiscal, listados de las llamadas efectuadas y recibidas desde el 01.03.07 y mientras dure la intervención, y el de los mensajes de texto SMS entrantes y salientes mientras dure su observación, que los listados sean facilitados quincenalmente, así como los titulares de los números marcados que pertenezcan a dicha compañía, así como todos los datos que se conozcan sobre los mismos, incluidos los datos relacionados con el pago del servicio telefónico, como las cuentas bancarias donde se efectúa el pago del correspondiente recibo y las fechas de alta y actividad delcitado teléfono. Y que los mencionados listados sean facilitados en
SOPORTE INFORMÁTICO (formato WORD, EXCELL, etc)”


    ¿Por qué pide la Policía los datos de todo el mundo que llame a ese teléfono, incluido sus cuentas corrientes, cuando sólo se solicita la intervención de los teléfonos de los sospechosos? ¿Eso es legal? Pero el fiscal va más lejos aún y solicita las escuchas con retroactividad al 1de enero de 2007:

“Estos medios son :
a) La INTERCEPTACIÓN, ESCUCHA y GRABACIÓN de teléfonos y la OBTENCIÓN de datos sobre el tráfico de llamadas de los mismos, así como de los mensajes de texto entrantes y salientes desde el día 1 de enero de 2.007 y mientras dure la intervención de los teléfonos que se señalan en la propuesta de actuación elaborada al efecto por la Unidad de la Policía Judicial antes referida, librándose a tal efecto los mandamientos oportunos a las compañías operadoras COMPAÑÍA TELEFÓNICA MOVILES( MOVISTAR) y FRANCE TELECOM (ORANGE).”

 
     Digo yo que, ya puestos, ¿por qué no solicitaron las llamadas desde mediados de 2003 cuando tomó posesión el equipo de gobierno investigado?. No obstante la jueza accedió a la petición de la Policía   y  no a la del fiscal, permitiendo las escuchas desde el 1 de marzo de 2007:

“Sobre los teléfonos reseñados se facilitará igualmente el listado de llamadas entrantes, salientes y datos asociados, listados de las llamadas efectuadas y recibidas desde el 01.03.07 y mientras dure la intervención, y el de los mensajes de texto SMS entrantes y salientes mientras dure su observación, que los listados sean facilitados quincenalmente, así como los titulares de los números marcados que pertenezcan a dicha compañía, así como todos los datos que se conozcan sobre los mismos, incluidos los datos relacionados con el pago del servicio telefónico, como las cuentas bancarias donde se efectúa el pago del correspondiente recibo y las fechas de alta y actividad del citado teléfono. Y que los mencionados listados sean facilitados en SOPORTE INFORMÁTICO (formato WORD, EXCELL, etc), que será llevado a cabo por funcionarios de UNIDAD CENTRAL DE DELINCUENCIA ECONÓMICA Y FISCAL, Brigada de Delincuencia Económica y Fiscal, Sección de Blanqueo de Dinero, que llevarán a efecto durante UN MES; a cuyo término el cuerpo policial solicitante deberá dar cuenta del resultado de la referida intervención.”


    Esta resolución fue adoptada por la jueza de forma precipitada, sin reflexionar sobre lo que el fiscal le enviaba,  (28 de marzo de 2007), sólo un día después de recibir su petición, esto es el día 29 de marzo de 2007. Desde luego, en un país que no fuese una república bananera, algo a lo que cada vez se parece más España, esta decisión sería, además de cuestionada, eliminada del sumario, e invalidaría muchas de las actuaciones, si no todas. ¿Preguntó la jueza, para avalar la veracidad de las palabras de los denunciantes, si existían esos informes que infravaloraban el suelo, en palabras de Valadez y Rodríguez? ¿Analizó los documentos, antes de decretar el secreto del sumario? Difícilmente pudo hacerlo, debido a la gran cantidad de papeles entregados por los denunciantes, en menos de 24 horas. Pero ¿y la Policía?. ¿investigó la profusa documentación entregada por  Valadez, antes de darla por válida y redactar el informe que dirige al Fiscal el día 27 de marzo de 2007, solicitando medidas contra los denunciados? Como revelan los 13 tomos abiertos del sumario, en absoluto.

    Para renovar las autorizaciones telefónicas, la jueza en el quinto punto de su auto refiere lo siguiente en la página 759 del primer tomo:

“QUINTO.-El plazo máximo que autoriza el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para mantener la intervención del teléfono, tras un primer acuerdo y sin perjuicio de su prórroga, es de un mes. Se estima adecuado no agotarlo y tras el seguimiento de lo que se vaya detectando en dichas conversaciones, decidir la permanencia o no de la medida por el tiempo que se entienda procedente para el buen fin de la investigación.”

    Sobre este artículo del informe, que autoriza la prórroga de la intervención de las comunicaciones, el TC sentenció, a raíz del caso Ollero, sobre unas escuchas a un delegado de la Junta de Andalucía en 2003, que debía ser modificado pues en el mismo no se le pone límite a las escuchas, (de  ahí que la jueza diga: “...por el tiempo que se entienda procedente”) advirtiendo al legislador que dicho artículo roza la ilegalidad. De hecho, en Alemania, que se no caracteriza por su progresía, precisamente, una intervención telefónica que supere los dos meses, supondría todo un escándalo social y sería inadmisible sino es en un caso delitos terroristas inminentes.

    Aunque avancemos varios tomos, es necesario tener en cuenta este dato, que avala nuestra opinión respecto a  que los hechos fueron imputados antes de ser investigados y sin pruebas; ni siquiera con indicios. Una irrefutable prueba de que los informes presentados por los denunciantes, sobre los convenios, estaban sesgados y, por tanto, no debieron ser tomados en cuenta por la Policía tan frívolamente, para solicitar las escuchas, nos la aporta, precisamente, la propia Policía en un informe que aparece en el tomo VII, página 35 (PDF), donde ésta afirma:

“Hay que tener en cuenta que para realizar este estudio de cada uno de los Convenios no se ha tenido una información completa, ya que en muchos casos existen firmas de Convenios, adendas a Convenios, Informes de técnicos, etc . , que no se han podido conseguir, y se encuentran archivados en el Consistorio.”
 
 
  La datación de este informe es confusa. Este informe, 52.272 de la UDEF-BLA, según la carpeta que lo contiene, es de fecha Madrid, a 3 de junio de 2008 (página 3 del tomo VII). Sin embargo  ese mismo informe número 52.272 UDEF-BLA aparece en la página 5 dirigido al juzgado de instrucción nº1 de Estepona, con fecha de un año antes: 3 de junio de 2007. Pero el hecho de que pueda tratarse de un error, tal vez sin relevancia, no resta credibilidad a nuestra afirmación; pues en definitiva, lo que nos viene a decir la declaración contenida en este párrafo es que, como mínimo, desde la fecha de la primera denuncia (noviembre 2006), hasta el 3 de junio de 2007, siete meses después, no se tenían las pruebas que pudieran avalar los delitos que desde el día de la primera comparecencia se imputaron a los investigados, y que se materializaron en el auto de 29 de marzo de ese año, donde se aprobaban las escuchas.
  
    Esto  demuestra que dicho auto, redactado en menos de 24 horas después de recibir la petición de la fiscalía, debería ser nulo de pleno derecho. Otra cosa es que como afirman Daniel Estulin, David Icke y otros muchos investigadores, en el mundo se está implantando “a la chita callando” el fascismo.  Que vamos hacia una dictadura fascista socialista. Al fin y al al cabo Hitler era socialista, igual que Stalin. Esta operación parece ser un claro ejemplo de ello.

    Esto que ya de por sí, haciendo válidas estas fechas,  es escandaloso, porque nos viene a confesar que no tienen todos los datos sobre los convenios, a pesar de haber dado por válida la información de los denunciantes, aún nos sorprenderá más cuando  comprobamos que, en realidad, se trata de un informe del 3 de junio de 2008, tal como se consigna en la carpeta. Por tanto, no sólo habían transcurrido siete meses, sino que lo que nos viene a decir es que a más de un año de tener intervenidos los teléfonos, cuya fecha, recordemos, data de 29 de marzo de 2007, aún no tenían pruebas de que los convenios, por los que se organizó todo el cotarro fueran ilegales. Lo cual demuestra  la ineficacia de las medidas que, tan prematuramente, se adoptaron por parte de la jueza. Pedidas  por la Policía (Ministerio de Interior PSOE), y por el Ministerio Fiscal, que está al servicio del pueblo, o sea del Estado; esto es Gobierno, esto es PSOE. Los motivos: no podían hacer saltar la liebre en período electoral; la operación estaba más segura "secreta" y "salga el sol por Antequera"

   Hubiese bastado para la comprobación de los delitos que se denunciaban, los cuales se remontaban hasta 2006, solicitar al Ayuntamiento toda la documentación  referente a los convenios.  No se habrían podido evadir pruebas puesto que los delitos ya se habían cometido presuntamente. Y toda esa documentación, que era pública, haberla cotejado después con los gastos, ingresos, etc., de los imputados o de los ingresos o salidas desde el Ayuntamiento. Así de fácil. Es comprensible que la población española no tenga confianza en la Justicia, como año tras año afirman las encuestas. Nuevamente, la razón estribaba en que dicha petición a las autoridades municipales, para investigar las denuncias, hubiese perjudicado electoralmente al partido. Por tanto intereses políticos interferían en la investigación.

    Esto es un hecho desde la primera denuncia. Si no ¿quién dio instrucciones a  Valadez para que su denuncia, en noviembre de 2006, a pesar de no estar considerada secreta aún, no saliera en los medios de comunicación? Interés periodístico tenía mucho. Él es periodista, su mujer es periodista. Denuncias de otros concejales salían en la prensa. ¿Por qué no la suya?. Porque su denuncia estaba declarada secreta antes de que la jueza lo decretara. La razón. De nuevo electoral. El secreto le beneficiaba a él como miembro y candidato del partido socialista.  Valadez, por tanto ocultó la verdad a su pueblo para defender los intereses de su partido. Sabía que su elección corría peligro si publicaba lo que había hecho. Y, por tanto todo hubiera sido en vano con relación a los intereses políticos que movían su denuncia.

    No sé si me explico, pero tal actitud no tiene otra explicación:  Valadez antepuso sus intereses personales y los de su partido al interés general. De hecho no le importó aparecer en la cartelería electoral, sonriente,  junto a compañeros que él había denunciado en los tribunales. Permitió y él sabía que sería así, que el pueblo votara por casi mayoría electoral a su partido para luego enseñar los colmillos contra ellos. Eso sí, salvaguardados ya su propio interés de acceder a la alcaldía y no haber perjudicado electoralmente al PSOE. Una prueba fehaciente, según su propia terminología, de   dudosa moralidad, orquestada desde niveles más altos.

     Al fin y al cabo su interés no radicaba en lo más beneficioso para el pueblo;  que hubiera sido dar a conocer a los esteponeros el perjuicio que su partido le ocasionaba actuando contra el interés general; quería beneficiarse él infringiendo el menor daño posible a su partido. Para ello tenía que guardar silencio en época electoral. Lo que se tradujo en un engaño, hasta entonces inédito, a los esteponeros y puso  tanto su  interés como el de su partido, por delante del interés general. Una práctica masónica de las cuales el socialismo español tiene mucha experiencia a lo largo de sus más de cien años de  de todo menos de honradez.
   Garantizarse primero el éxito en las elecciones le beneficiaba a él, aunque haya  llevado a Estepona a la situación en que se encuentra. También beneficiaba al partido, que se aseguraba así el éxito electoral que las encuestas le auguraba. El fín justificaba los medios. Y en cuanto a la Policía (figurativamente) aplicó la máxima de La  Pasionaria cuando dijo, respecto a sus compañeros del POUM en la Guerra Civil: “es preferible matar a cien inocentes antes que un culpable salga vivo”, más o menos literalmente.

    Basamos nuestra afirmación sobre el desfase, mencionado más arriba, de las fechas determinando que se trata de un informe de fecha 3 de junio de 2008 puesto que en el mismo en su página 37 (tomo VII), se consigna la relación de una serie de informes que son posteriores al 3 de junio de 2007:

“Los Informes y Oficios remitidos hasta el momento a ese Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Estepona, utilizados para la elaboración del presente Informe, son los siguientes:
Informe 27.300 UDEF-BLA-G2, de fecha 27.03.07
Informe 30.476 UDEF-BLA-G2, de fecha 09.04.07
Oficio 30.477 UDEF-BLA-G2, de fecha 09.04.07
Informe 35.531 UDEF-BLA-G2, de fecha 24.04.07
Informe 43.394 UDEF-BLA-G2, de fecha 22.05.07
Informe 53.416 UDEF-BLA-G2, de fecha 20.06.07
Informe 62.213 UDEF-BLA-G2, de fecha 17.07.07
Informe 69.420 UDEF-BLA-G2, de fecha 10.08.07
Informe 76.936 UDEF-BLA-G2, de fecha 11.09.07
Oficio 77.097 UDEF-BLA-G2, de fecha 11.09.07
Oficio 79.755 UDEF-BLA-G2, de fecha 20.09.07
Informe 84.932 UDEF-BLA-G2, de fecha 08.10.07
Informe 93.682 UDEF-BLA-G2, de fecha 05.11.07
Informe 102.677 UDEF-BLA-G2, de fecha 03.12.07
Informe 382 UDEF-BLA, de fecha 02.01.08
Informe 11.260 UDEF-BLA, de fecha 06.02.08


     El  informe número 52.272 UDEF-BLA, no aparece puesto que se trata del corriente o sea de éste que estamos analizando que, en contra de la fecha que aparece en la referencia enviada al juzgado, es de fecha de un año posterior:

“INFORME
N/Ref^:
S/Ref«:
Fecha:
Asunto:
Informe número 52.272 UDEF-BLA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N° 1 DE ESTEPONA Diligencias Previas 1030/2007 3 de junio de 2007 Sobre las presuntas actividades de cohectio, prevaricación, fraude, malversación de caudales públicos, blanqueo de dinero y otras, llevadas a cabo en el entorno del Ayuntamiento de Estepona.”

    Valga este inciso, pues de todo lo escrito en esos capítulos, como ya advertíamos, posteriores datos  avalarían, con hechos, la opinión que desde el principio mantenemos de que nada estaba probado ni investigado desde el principio. De hecho, este informe es en realidad, como acabamos de probar, de día 3 de junio de 2008. Casualidades de la vida, se emite dos semanas antes del inicio de las detenciones, que podrían incluso declararse ilegales por lo que a continuación explicaremos.

   Lo que nos hace pensar, que una de las razones de los registros fue la obtención de documentación relacionada con los convenios que, por otro lado, son públicos y oficiales. Desde entonces hasta las detenciones, 14 días después, pudieron ocurrir dos cosas para que éstas se decretaran:
 Primero, que en esos catorce días hayan obtenido las pruebas que no habían obtenido en más de un año de investigación y escuchas.
 Segundo, que los investigadores, en base al punto primero, tuviesen constancia de la comisión de uno o varios delitos flagrantes en esos momentos, que tuviesen la obligación de evitar, en cuyo caso sí hubiese quedado acreditada la adopción de las escuchas. El tiempo nos dirá que tampoco estas prerrogativas se cumplieron.

    Si esto hubiese sido así (y así es como parece haber sido), la detención y actuaciones contra los imputados y, muy especialmente, el ingreso en prisión de cinco de los detenidos sería ilegal. La propia jueza justifica en su primer auto de 29 de marzo, la necesidad de adoptar dicha medida ante la imposibilidad de lograr pruebas de estos “graves delitos” si no es sin la adopción de esta drástica medida. ¿Qué se había conseguido más de un año después con las escuchas?. Nada.

      Puesto que, un año después, la propia Policía nos indica que la información entregada en las denuncias es insuficiente para  investigar los convenios, ¿cuál ha sido, pues, el objeto de recurrir a las escuchas?. Estaba claro que un elemento de prueba inmaterial, como es una voz grabada, nunca podrían aportar un documento material en papel, donde con sus firmas y sellos se pudiese identificar la comisión de un delito. Otra cosa sería que a un asesino se le grabase para intentar obtener la comisión de un crimen cometido o con intención de cometerse. Sin embargo, no hablamos de asesinos ni de terroristas. Ni siquiera de una trama económica organizada. Pero no avancemos acontecimientos.

     No obstante, podríamos encontrarnos que el inicio mediático de la operación, orquestada por Valadez,  y el bochornoso espectáculo adjunto con el desfile de detenidos y el infame tratamiento de Estepona en la prensa, estuvo razonado en la necesidad de encontrar toda esa documentación que, lógicamente, no podían aportar las escuchas. Lo cual sería muy grave, puesto que esto mismo se pudo hacer antes de poner en marcha las mismas. ¿Cómo no?, el hecho de que no se adoptara el registro antes, radicaba en que era una época electoral, esto es, por motivos meramente políticos, no por garantizar la eficacia policial.

     Es más, me atrevo a afirmar que si, durante las escuchas, se hubiesen cometido más delitos y no se acudió a impedirlo para así engordar el expediente y las imputaciones contra los investigados, nos encontraríamos cara a cara con una más de tantas irregularidades contenidas en las diligencias de este caso.

     Pero no, no  crean que aquí se acaban las sorpresas. A pesar de reconocer en este informe número 52.272 UDEF-BLA, como exponemos más arriba, que no han podido investigar en su totalidad los convenios, se atreven a afirmar, en la página 49 (tomo VII) de este mismo informe, que:

“Sin embargo los Convenios Urbanísticos firmados por el Ayuntamiento de Estepona, en gran parte de los casos son el resultado de valoraciones de aprovechamientos y plusvalías por debajo del valor del mercado, lo que genera una pérdida de ingresos considerable para las arcas municipales.”
Comparen. Cómo puede explicarse lo que sigue, si nisiquiera en el momento de actualizar esta entrada a 2016, séis años despues de su primeta publicación en 2010, aún está esperando la Policía 30 informes que aclaren si hubo infravaloración o no:

“Hay que tener en cuenta que para realizar este estudio de cada uno de los Convenios no se ha tenido una información completa, ya que en muchos casos existen firmas de Convenios, adendas a Convenios, Informes de técnicos, e t c . , que no se han podido conseguir, y se encuentran archivados en el Consistorio.” (página 35 (PDF)
   ¿Cómo un Policía puede afirmar que existe un delito en un hecho sobre el cual, como la misma Policía reconoce, no ha tenido acceso a toda la información completa? ¿Por qué, entonces, se tomó en consideración esta documentación sin constrastarla desde el día de la denuncia en 16 de noviembre de 2006, un año y medio antes? Alguien tendrá que responder a esto; pero por el momento busquemos la respuesta, si es que la hay, sin que nadie se ruborice, en el sumario.
    Lo que ya podemos avanzar  es algo que también se deduce del contenido del I tomo del sumario. La decisión de las escuchas no es otra cosa que  una conclusión tomada a priori por la parte poli-judicial, sin mayor recato ni ningún tipo de aval objetivo (aclaramos que pudo influir la escasa trayectoria tanto vital como profesional de la que parecen hacer gala los encartados), recordemos que llevamos más de 20 años de Gobierno socialista en España y son muchos los nacidos bajo el régimen. Y este dato, por mucho que lo parezca, no es baladí.

    A lo que íbamos. Antes de nada lean esto, contenido en la página 51 (Tomo VII), recogido en el informe que nos ocupa ( 52.272 UDEF-BLA) de 3 de junio de 2008:

“En el Ayuntamiento de Estepona la gran mayoría del dinero que se entrega a colectivos como Cruz Roja, Alcohólicos Rehabilitados, Asociación de Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica, Asociación de Alzheimer entidades deportivas, eventos culturales, gastos ordinarios, etc.. se realiza con cheques al portador, en la mayoría de las ocasiones emitidos por las empresas constructoras con las que el Ayuntamiento firma Convenios, y otras veces el dinero se entrega en metálico, siempre sin que tenga el correspondiente respaldo presupuestario y sin contar con la fiscalización oportuna, es decir un dinero que no controla nadie.
De esta forma es fundado plantearse la cuestión de si los empresarios de Estepona son como "hermanitas de la caridad", o más bien están entregando dinero a cambio de algo.”

     Esta denuncia de  Valadez, que el informe recoge y hace suya,  es la muestra fehaciente de su  catadura moral. Un panfleto local publicado en octubre de este año 2009, mostraba a un sonriente David  Valadez y a Antonio Barrientos, haciendo entrega de cheques a diferentes colectivos sociales de Estepona, entre ellos a varios de los denunciados por él en noviembre de 2007. Cheques de 6.000; 18.000 euros, etc.  En esa misma publicación se ve a los dos ediles visitando diferentes obras en la ciudad.  De hecho la cordialidad fue la tónica durante los tres primeros años de mandato, entre Barrientos y  Valadez. No fue hasta un año antes de las elecciones, cuando empiezan las quinielas en los partidos sobre sus candidatos, cuando el desmarque y la enemistad de  Valadez hacia Barrientos se puso a flor de piel. Pero de lo que no le puede caber duda es de que si él es hoy alcalde, es gracias a  la gestión que llevó a cabo Antonio Barrientos durante, precisamente, los años que él denuncia. De hecho era impensable que el PSOE lograra 11 concejales.

     En este punto avanzaremos también que una de las razones de su desavenencia con Barrientos radicaba en su filiación. Rosas Rojas, y por ende David Valadez, nunca vio con buen agrado que Barrientos, con menos de dos años afiliado, fuese propuesto para la alcaldía tras la dimisión de Antonio Caba, en contra de lo que los estatutos  establecen, que es un mínimo de dos años en el partido para optar al número uno de la lista y de la jefatura local del partido, cargo este último que, por tradición, en Estepona va ligado al primero.
 
   Valadez tenía una antigüedad de cuatro años más respecto a Antonio Barrientos, por aquellos primeros años de esta década, y aquella decisión de la ejecutiva malagueña, aceptando a Barrientos, hizo mella en él. Que conste que no pretendo con estos comentarios exculpar a Barrientos ni a ninguno de los imputados. Sólo estoy analizando los hechos contenidos en el sumario y comparándolos con la evolución posterior de los mismos, así como haciendo un poco de retroactividad sobre los hechos. Y más que nada lo hago en un intento de lavar la imagen de mi pueblo, de unos hechos lastimosos y demostrar que se podría haber hecho sin infringirle tanto daño como se le ha infringido, con esta insensata operación político-judicial. Desde la premisa de que quien tendría que lavar su imagen, a tenor de lo que hasta ahora conocemos, es la propia Justicia. Porque Estepona tiene  derecho a conocer la manipulación que se ha ejercido con y contra ella, por el único y exclusivo motivo de la ambición política de dos personas y la connivencia de otros niveles para salvaguardar sus intereses políticos.

     Fíjense en el sin sentido del siguiente párrafo contenido en la página 51 del tomo VII, una vez que se lo explique a continuación:

“En relación con el dinero en efectivo que pudiera estar manejando alguno de las personas investigadas, en la Comparecencia inicial se menciona la existencia de cajas de seguridad en distintas entidades bancarias relacionado con asuntos urbanísticos del Ayuntamiento de Estepona, aludiendo que el Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Málaga, Manuel Villén, abrió diligencias de investigación penal sobre la presunta existencia de estas cajas do seguridad, incluso que se citó a declarar en calidad de testigo a un concejal del equipo de gobierno el 20 de enero de 2005, según recogía el escrito de Fiscalía, al que tuvo acceso la agenciaEFE.”
     Primero, recordarle al lector que la “Agencia EFE” es su propia mujer, Mª Angeles Cervantes, al igual que es redactora de la Cadena SER y es muy amiga de la corresponsal en la costa del diario El País y de la corresponsal de Europa Press, compañera en la redacción de la Cadena Ser Costa del Sol. Claro que su mujer tuvo acceso al escrito de la fiscalía, se lo dio él, presuntamente. No obstante ¿qué pasó de aquel caso de la Fiscalía?  ¿Qué relevancia tenía para la Policía, el hecho de que la declaración de un testigo salga en la agencia EFE, cuando ellos pueden tener noticia incluso del contenido de la declaración desde fuentes internas, si lo solicitan? ¿Qué fundamento para basar una denuncia es ése? Ninguno.

    Respecto a las cuentas bancarias del Ayuntamiento, que los medios de Valadez alertaban que se encontraban en bancarrota cuando llegó el ínclito tomó la alcaldía, descubrimos que, a fecha 16 de junio  de 2008, un día antes de la operación “antiterrorista”, existían en el Ayuntamiento de Estepona no tres cajas B, como denunció  Valadez, sino trece cuentas bancarias con un total de más de 32 millones de euros, según un documento oficial del propio tesorero municipal. Desconocemos si este dinero procede en su totalidad de convenios. No obstante, además, según hizo público la prensa de Valadez, encarnada en su mujer y sus amigos, en el Ayuntamiento en octubre de 2009 existían  22 millones de euros.

     Este dato es curioso, puesto que durante la operación toma de Estepona se empeñaron en  publicar, día a día, la precaria situación en la que el Gobierno de Barrientos había dejado las arcas municipales. Puesto que el mismo Valadez ha admitido que en el último año, los ingresos por urbanismo han sido muy escasos, se trataría de la  herencia de la legislatura de Barrientos. Dinero procedente de los convenios y que no podía usarse para pagar nóminas. Pero la vida da muchas vueltas. Las nóminas del mes de octubre del corriente año 2009 (siendo alcalde Valadez) fueron pagadas con estos fondos.

     Pero, ¿cómo está segura la Policía del hecho de que el Ayuntamiento tenía las arcas vacías? No se rían aunque ya les advierto que es de lo más peregrino (como todas las actuaciones que rodean la actuación de  Valadez), en base a estos datos que recoge el informe policial de 6 de febrero de 2008 que parecen, porque lo son, salidos de su boca. Tomo VI. Página 951:

“Situación económica del Ayuntamiento.
La situación financiera del Ayuntamiento sigue siendo pésima, como se ha reflejado en todos los informes anteriores, con innumerables deudas sin saldar entre las que cabe destacar la que mantiene con la mercantil TRIGEMER SA (CIF A81302846) cuyo importe asciende a aproximadamente 9 millones de euros, los cuales se pagarían en varios plazos para así asegurar que las obras que la referida mercantil tiene sin finalizar se concluyan, siendo, por conversación mantenida en fecha 26.12.07 a las 12.18 entre Antonio BARRIENTOS y Miguel NAVARRO GARCÍA (Concejal de Infraestructuras) un primer pago de aproximadamente 900.000 euros. Al parecer, las cantidades adeudadas se van a saldar con un préstamo a largo plazo que Francisco ZAMORANO (Concejal de Hacienda) solicitó por una cantidad de 20 millones de euros, extremo del que ya se dio cuenta en informes anteriores, si bien hasta el momento no se tiene constancia de que dicho préstamo se haya concedido. Por lo que de no haberse concedido el mismo, el dinero podría haber salido de diferentes empresas, practica habitual utilizada por Antonio BARRIENTOS para el pago de deudas y patrocinios.” (Conversación mantenida el día 26.12.07 a las 12:18)”

     Díganme lumbreras de las artes investigativas: ¿qué ayuntamiento no tiene deudas?. Por cierto ¿y las generadas por su delegación, al aceptar competencias propias de la Junta de Andalucía?. La policía, para no variar, llega a esa conclusión en base a una escucha que en nada viene a hablar de ninguna mala situación del Ayuntamiento, es simplemente una mera especulación no avalada por ningún cotejamiento de las cuentas municipales. Obsérvese el término “pésima” muy usado por  Valadez en sus permanentes apariciones públicas. Si el hecho de solicitar un crédito de 20 millones era delictivo, cuánto no lo hubiera sido la aprobación del crédito de 36 millones que éste quería aprobar hace apenas unos meses y que sí que hubiera supuesto una verdadera venta de Estepona a los bancos. Además, quiso hacer cómplice de su “iniciativa” a la oposición que acabó impidiendo tal barbaridad. Los medios afines no perdonaron la actitud de la oposición y vertieron toda su artillería contra los concejales que se opusieron, al igual que los barones del PSOE andaluz.

     Anda que ésta tiene mucho despercio. Miren al lumbreras Valadez, metido a informador de una Policía autómata que le sigue al pie de su letra. Miren cómo descubren los lumbreras un posible delito por parte de Antonio Barrientos en su calidad de alcalde, en la página 953 del VI tomo:

“Antonio BARRIENTOS y los empresarios.
En este sentido debemos destacar la conversación mantenida entre Antonio BARRIENTOS y Pedro Luis COBIELLA SUAREZ, con Dni 41.814.025-W, quien anteriormente ostentaba el cargo de presidente en la mercantil HOSPITEN HOLDING S.L, con NIF B-38591483, dedicada a la asistencia médica y que en la actualidad es consejero de la misma. En la mencionada conversación Pedro Luis, le manifiesta a Antonio "OYE ACTIVA UN POCO LO DEL PERMISO DE LA AMPLIACIÓN QUE NOS HACE FALTA" haciendo referencia con ello al permiso necesario para la ampliación del hospital privado que HOSPITEN tiene en la localidad de Estepona, siendo clara la intención de este de agilizar los tramites para el permiso a lo que Antonio no pone ningún tipo de objeción.
{Conversación mantenida el día 01.01.08 a las 17:51).”


¿Qué hay de delictivo, como se pretende en esta peregrina revelación, que un empresario que necesite una reforma solicite al alcalde la agilización de los trámites?. Eso debería de ser un derecho reconocido a todo el mundo, la posibilidad de hablar con los alcaldes de los pueblos y ciudades por parte de todos los ciudadanos. Todo el mundo sabe que la burocracia es muy lenta en España y ante una necesidad perentoria, pues en ello va la continuidad de una actividad que, además, da puestos de trabajo,  es normal que se solicite la terminación de los trámites a un alcalde, sobre el cual recae en última instancia tal eventualidad y aprobación. Vean que en este párrafo no se analiza si se han llevado a cabo actuaciones irregulares para la agilización de los trámites, simplemente se reprocha algo que es normal en cualquier ayuntamiento, la posibilidad de que los ciudadanos expresen sus necesidades al alcalde. Sólo faltaría eso, que la alcaldía fuese una dependencia estanco, alejada de las necesidades de la población y encerrada en una burbuja. Además ¿qué hacen ahí los datos de un señor y de su empresa porque se interesa por un trámite legal pendiente con el ayuntamiento? ¿Hay lugar a que esa subjetiva apreciación salga en un sumario, en base a un informe que debería ser serio y dotado de todas las garantías legales y procesales en sus diligencias?. Dice: “...siendo clara la intención de este de agilizar los tramites para el permiso a lo que Antonio no pone ningún tipo de objeción.”. 

¿Y qué? ¡Fantoche!
 
    Repito, qué objección va a poner. ¿Qué intención es clara y por qué?. Explíquenselo al pueblo de Estepona. A todo aquel esteponero, que seguro son miles, que alguna vez se ha visto en la misma obligación.  ¿Quién es  Valadez o la Policía para presumir que de ahí se desprende un delito?. ¿Estamos locos o qué?.
    Es el problema de los criados y educados en el régimen (en los casi 30 años de “democracia” socialista y no han vivido antes de la Transición) que, como no controlen, se les va la olla. Con tanta “libertad” que creen que pueden hacer  lo que les de la gana, incluso plantear denuncias manipuladas o usar a la Policía para conseguir sus objetivos personalesy espúreos. Y cuando ostentan cargos públicos aparece alguno haciendo gala de un autoritarismo que ya lo quisiera Franco para él. Y lo peor de todo es que en su casa no lo saben. Y se esfuerzan en aparentar talante democrático. Dime de qué presumes y te diré de qué careces.  Por cierto que ya veremos, cómo muchas de las declaraciones de supuestos testigos que Valadez cita, incluido Molina, se desmienten cuando prestan declaración, tal como analizaremos en el tomo de esta última remesa XVI:

  “Por ultimo recordar el altísimo nivel de vida que mantiene Antonio BARRIENTOS disponiendo en su casa, por conversaciones mantenidas, de cuantas comodidades podamos imaginar, utilizando colonias de marcas como Loewe y ropa de marcas reconocidas así como frecuentando restaurantes de igualmente reconocido prestigio.”

   ¡Pero bueno!. ¿Por eso fue linchado en público como si fuera  un terrorista al igual que los demás detenidos, especialmente los que entraron en prisión? ¿Es de recibo incluir tal afirmación en un sumario?. Un servidor mismo usa Loewe "Esence" de vez en cuando y  estoy en paro. Vaya si ha pagado caro Barrientos usar Loewe. ¡Por favor!.

    Ya les he hablado del carácter fascista de esta operación. Es como si viviésemos en la Rusia comunista de las checas o en la España republicana o roja postgolpista. Por cierto, que si alguien ha podido llevar un alto nivel de vida en Estepona desde que nació ese es Antonio Barrientos. Pues su familia ha sido propietaria de grandes propiedades, tanto en Estepona como en otros pueblos, como es San Martín del Tesorillo, al menos tuvo su familia. Digo yo, ¿se le va investigar también el dinero con el que su familia le costeó los estudios universitarios en la Universidad de Granada hace casi 30 años o más?.  Ya creo haber repetido por activa y por pasiva que la edad le traiciona a Valadez.

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lunes, 29 de marzo de 2010

Una Operación inquisitorial (XXII)

Estas “distintas manifestaciones” no aparecen en el sumario fechadas ni descritas. Respecto a ellas sólo podemos intuirlas por las propias declaraciones policiales en sus informes. Esta afirmación podría estar revelándonos una ilegalidad, puesto que desde el día 29 de Marzo de 2007 las actuaciones fueron declaradas secretas para todas las partes excepto para el fiscal. ¿Tuvo acceso  Valadez a la investigación a pesar de estar declaradas secretas? ¿Se convirtió  Valadez en un informante o colaborador policial?. Curiosamente por aquellas fechas se filtraron muchas informaciones sobre lo que se conoció una vez iniciada la operación el día 17 de junio de 2008. Estas informaciones eran sustraídas de un sumario secreto y, curiosamente, su mujer es periodista y está relacionada con los compañeros de los diferentes medios, incluso con al redactora de El País.

   Esto sería inadmisible porque él es parte interesada. El tiempo nos demostrará que, de esto no cabe duda. De hecho hoy la composición del ayuntamiento no es la que salió de las urnas, no es la que eligieron los ciudadanos no es, por tanto, democrática  y  Valadez está desempeñando una función meramente judicial a la búsqueda de datos que facilitar a la Policía, como demostraremos a lo largo de estas páginas, en su calidad de testigo “protegido”, cuya figura legal, lo digo de paso, no existe, para facilitar información. ¿Por qué?. Porque la Policía es consciente que no tienen nada y algo tienen que sacar para que el ridículo de sus actuaciones no quede en evidencia, como el mismo sumario nos demostrará, al menos en los primeros XIX tomos abiertos.

     Así, en ese sentido, en un intento de engordar las inconsistentes acusaciones que se ejercitan contra  algunos de los imputados, tal es el caso de Javier Witmeur, pues los informes que rebaten sus valoraciones no existen al menos en los primeros trece tomos que es donde deberían aparecer, la Policía incluye un nuevo “importantísimo” dato en el sumario. Aportado posteriormente por los chivatos de la Operación Toma de Estepona (O.   Valadez). Según  la página 163 (siempre formato PDF) se insiste en que el intento de contratación de forma directa de Witmeur, el día 14 de febrero es tomado en consideración por la Policía en su informe. A esa reunión asistió el propio  Valadez como concejal de Bienestar social. Como se omite en la denuncia, que por la fecha es tres meses posterior a la denuncia primera, podríamos pensar que dicha contratación se produjo. ¿Con su firma?. No lo sabemos pero, en cualquier caso, el hecho de haber ganado las elecciones el PSOE en marzo de 2007, hubiera hecho posible la continuidad de Witmeur, si hubiese sido deseo de Barrientos; pues los cargos de confianza deben su periodo al tiempo que siga gobernando quien lo contrató. Pero lo mejor de todo es que en sólo cinco  minutos de investigación se comprueba que no se llevó a cabo su contratación directa, al menos en los días que citan los denunciantes en sus posteriores entregas de “información”.

   Pero lo más gracioso, le guste a la Policía o no, contratar así al personal  lo  hizo posible una ley de 1985 con un Gobierno de PSOE, tanto en la Nación como en la región andaluza. Una ley hecha a medida del PSOE, que  desde entonces, por ser ya legal, utilizan  todos los partidos para la contratación directa de sus afiliados en cargos de responsabilidad, saltándose todos los trámites que supuestamente establece lo que aún queda de la Constitución Española. Así fue como Monstesinos, por no ir más lejos, contrató a su propia hija sin ningún rubor, con un salario de casi 3.000 euros al mes.
   
     Por cuya razón, el reproche lo merecen el Gobierno de la Nación de la época (PSOE) y la administración andaluza (PSOE), no un gobierno municipal. Generalmente se aplica este tipo de contrato legal, por más que le pese a  Valadez (quien por cierto ya lleva en sus espaldas varias denuncias en los medios por contratación de personal afín, en la misma forma que denunció a otros en noviembre de 2006), a personal de alta dirección como es el caso de Witmeur. Pero es que además, de hecho, según los diferentes foros de información esteponeros, el propio  Valadez fue contratado por su  partido en Radio Estepona allá por el año 2.000, sin ningún tipo de oposición.

   Informaciones aparecidas en 2.006 hablaban de más de 5.000 cargos de confianza contratados en las mismas condiciones que Witmeur, pero en la Junta de Andalucía. Por no hablar de que actualmente, ya que hablamos de denuncias judiciales, si no recuerdo mal,  dos de cada cuatro jueces son contratados de forma directa sin ningún tipo de oposición y otro alto porcentaje son contratados en base al examen de su currículum y méritos por los encargados de llevar a cabo el nombramiento. Esto es, que sólo la mitad de los jueces en España  han pasado a ejercer su función para el estado, por oposiciones públicas. Si esto es así será porque la ley lo permite, lo mismo que lo permite en la función pública administrativa o política.

    En dicho apartado se hace explícita mención a que no se podían pagar las nóminas con  el dinero de urbanismo, en respuesta a uno de los aludidos que hizo referencia a este asunto. El cual, por cierto le ha venido a “estallar en la cara” este año; pues precisamente el señor  Valadez no ha tenido más remedio que echar mano de esos fondos para hacer frente al pago de los salarios de los trabajadores del Ayuntamiento en este mes de octubre de 2009, pagar con fondos de urbanismo. Cuyas arcas dejó Barrientos con 32 millones de euros, a pesar del alarmismo de los medios afines de  Valadez publicando que las arcas estaban vacías. ¿Será esta información incluida en el sumario Astapa?. Así denunciaba  Valadez un presunto delito que él mismo ahora habría cometido con el pago de las nóminas  de octubre de 2009 :

“Por otra parte la
normativa urbanística de Andalucía impide que el dinero procedente de urbanismo
se destine al pago de nóminas.”

     Este uso de los fondos de urbanismo para pagar nóminas por parte de  Valadez,  que ha sido informado negativamente por el Tesorero Municipal Señor Félix Domínguez Pimienta, en estos meses últimos de 2009, le ha supuesto a este funcionario, cuyos dictámenes sin embargo fueron expuestos por  Valadez para avalar y darle credibilidad a sus denuncias, ser apartado de su cargo e invitado a tomarse unas vacaciones (tal como lo leen),  por parte del  señor  Valadez. Félix Domínguez advirtió al actual alcalde  que tendría que dar cuenta a la Fiscalía por el uso de esos fondos para el pago de nóminas.   Valadez, ni corto ni perezoso le ha, literalmente, expulsado de su puesto de trabajo y ha puesto a dos policías a las puertas para impedirle el acceso a sus dependencias laborales. He aquí una referencia al citado funcionario, utilizada por  Valadez para dar consistencia a sus denuncias, contenida en la página 199 del primer tomo del sumario:

  “En conversación mantenida con uno de los denunciantes, el Tesorero
Municipal Félix DOMÍNGUEZ PIMIENTA confirmó lo anteriormente mencionado y
aseguró "que esta es la práctica habitual", y que estaría dispuesto a mantener
alguna reunión con el Fiscal Anticorrupción para denunciar todo lo que está
ocurriendo en la localidad, y que tiene información de otros Convenios
Urbanísticos en los que se han generado plusvalías millonarias a beneficio de
determinados individuos de manera totalmente ilegal (pelotazos urbanísticos)?

    En este punto conviene, aunque nos desviemos un poco, recordar otro caso que ha saltado a la luz pública en los últimos días, y que imputa a  Valadez en dos presuntos delitos: Prevaricación urbanística y Omisión del deber de perseguir delitos, por parte del Tribunal Superior de Justicia dae Andalucía, a través del Juzgado Nº 4 de Estepona. Como verán este asunto nos devolverá al hilo de este  tomo del sumario que estamos analizando.

     En el informe policial de 27 de marzo, en su página 129 aparece un nombre:

“Ángel Rodríguez, representante de la multinacional ORPEA, ha comunicado a
los denunciantes que ha sido objeto de peticiones de dinero desde el
Ayuntamiento de Estepona por temas de contenido urbanístico. Extremo éste
que también conoció D. José Luciano Sánchez, técnico en la Delegación de
Bienestar Social”     

   Curiosamente el nombre de Luciano Sánchez aparece en las denuncias judiciales que han imputado dichos delitos a  Valadez. Luciano Sánchez, suponemos que el mismo que en 2007 era técnico en la Delegación de Bienestar Social y que aparece con el nombre compuesto de José Luciano, ahora es Jefe de Gabinete de Alcaldía de David  Valadez. Conviene preguntarnos: ¿Y a éste quién y cómo lo contrató como técnico de la Delegación de Bienestar Social que él presidía?. Y si fue ascendido a Jefe de su gabinete, ¿estaríamos ante un trato de favor de esos que  Valadez denuncia en la documentación entregada a la Policía?.

    Luciano Sánchez se habría construido y escriturado, presuntamente, falseando documentos, una vivienda en un terreno rústico. Al parecer la primera denuncia por este caso la recibió la Fiscalía de Marbella en diciembre de 2008, que dio parte al Serprona. Por lo visto el asunto llegó al TSJA que lo trasladó al Juzgado de instrucción Nº4 de Estepona.

     Aunque la información saltó en un diario digital el pasado jueves día 10 de diciembre, al parecer  Valadez aún, a día 14, no había recibido oficialmente la imputación. Pero parece ser evidente que esta  está confirmada según el Diario Sur de fecha viernes 11 de diciembre de 2009. Posiblemente la notificación le haya sido enviada por correo. Por su parte  Valadez se ha defendido argumentando que él tenía abierto un expediente contra esa construcción. Sin embargo algunas fuentes mantienen que abrió dicho expediente una vez tuvo conocimiento de que había sido denunciado el tema ante la fiscalía, al hacerlo público la prensa. Finalmente su impuación la recibió en enero de 2010.

    No obstante los documentos que avalarían la defensa de  Valadez se encuentran sin foliar y sin sellar (Estepona Información, Año VIII, nº 449). Ni siquiera fueron presentados a Pleno. Además el cargo de confianza de  Valadez no fue objeto de ningún expediente laboral y, de hecho, a día de hoy 14 de diciembre de 2009 continúa en su cargo. Es de suponer que si tienes que abrir un expediente urbanístico a un miembro de confianza, ésta ha desaparecido.

    Pero es que, además,  Valadez cita a Ángel Rodríguez como representante de ORPEA, como benefactor, pues en la continuación del párrafo citado se indica que éste habría donado material geriátrico y realizado obras para su delegación.  Valadez reconoce que su delegación ha recibido donaciones de este señor, sin embargo la Policía no le imputa los delitos que, por la misma, razón imputa sus  compañeros  en la Corporación municipal.

   Otro dato peregrino que la Policía hace suyo en el informe y que muestra a las claras el carácter político de su denuncia lo evodencia el siguiente párrafo contenido en la página 235. I Tomo. Dice así:

“El domingo 25 de febrero un colectivo de personas con discapacidad psíquica de
Estepona (APRONA) celebró una corrida de toros benéfica para recaudar fondos
para el colectivo. Pese a que no se contaba con dinero en el Ayuntamiento para
contribuir económicamente adquiriendo entradas, según el Interventor Municipal, el
Alcalde Antonio BARRIENTOS GONZÁLEZ entregó 12.000 euros para adquirir
entradas.”
  
    Ese dinero fue para gastos de su Delegación o debió serlo porque el tema de APRONA está relacionado con Bienestar Social. La única razón que se me ocurre de arremeter contra un asunto tan leve y benéfico de su denuncia es que él no tuviera el protagonismo en dicho asunto. En cualquier caso se debería haber investigado, y esto le hubiera dado la verdadera relevancia que no tiene la tergiversada revelación en los términos que se han planteado. Si este dinero finalmente fue a parar a APRONA o no, para comprobar el buen uso del dinero. ¿Se hizo?. No. La Policía siguió al pie de la letra el paso que marcaba   Valadez y claro no podía investigar nada para no levantar sospechas sobre una investigación a un alcalde socialista en plena pre-campaña. En febrero no hay un  Dios que vaya a los toros en una Estepona vacía de turistas. Qué más da hacer un gesto hacia una asociación que necesita toda la ayuda que pueda prestársele.

     Otro esperpéntico dato nos lo aporta la página 265. La Policía  trata de  relacionar  familiarmente  a Manuel Reina Contreras (Concejal) con un inversor del mismo nombre que posee empresas y muchas propiedades, quienes le conocen dicen que es un millonario. La Policía, en un lapsus  claro de ineficacia, por no usar el calificativo  más adecuado, como se viene repitiendo de forma sospechosa en todo el sumario, califica al segundo como padre del concejal. Cuando el verdadero padre del concejal es un obrero que vive en Sevilla y que sólo ha visto en dos o tres ocasiones a lo largo de su vida; porque se separó de su madre teniendo él un año, siendo criado por su abuela por parte de madre quien falleció (su madre) a los 41 años de una larga enfermedad. Así dice esta  joya de investigación policial:

“El día 8 de agosto de 2005 la sociedad VICENZA PROYECTOS SUR S.L., con
domicilio social en la calle Real número 75 de Estepona, vendió unos inmuebles a la
sociedad DIANIUM S.L. por importe de 2.793.296 euros. En este Acto ante Notario
estuvieron presentes Manuel REINA CONTRERAS y Manuel REINA RUIZ (padre del
anterior). Manuel REINA RUIZ es Apoderado Mancomunado y Apoderado Solidario de
la mercantil DIANIUM S.L.”
  
    Ni siquiera ese dato ha investigado la Policía. Claro que el grave error vendrá dado, supongo,  porque como hemos comentado, Manuel Reina (Concejal) es economista (Licenciado en ciencias económicas y empresariales para ser más exactos)  pero este dato no aparece, y es desconocido, curiosamente, en los diferentes informes policiales y en la denuncia original. ¿No les parece extraño?. La única relación que le une al hombre de igual nombre y apellido es la profesional y  acudió ante el notario en representación de la empresa mencionada a petición del apoderado que se encontraba en Italia en esos momentos y se lo pidió a través de un poder. 
  El desconocimiento u omisión de este dato, además de la animadversión hacia éste de Valadez,  hará que los ¿investigadores? caigan en errores de bulto una y otra vez con respecto a las imputaciones contra Reina. Manuel Reina Ruiz, no es el padre de Manuel Reina Contreras, ni tampoco los hijos del primero, aludidos en otros pasajes del sumario,  son hermanos de Reina Contreras; de hecho Reina sólo tiene una hermana por parte de padre con la cual apenas se ha relacionado a lo largo de su vida. Ésto, que por si sólo debería ser motivo para anular algunas imputaciones contra Reina, debería ser eliminado del sumario, pero seguramente un juez al servicio de quien le paga, no verá lugar a ello. O sí.

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Una Operación inquisitorial (XXI). Coches de "alta gama" a BMW de segunda mano sin cierre centralizado, comprado en 2001.

No. No hablamos de una república bananera. Esto, aunque parezca una broma, es real y ha ocurrido en España en el siglo XXI. Curiosamente, ha sido él mismo quien ha firmado, a principios de 2009, un convenio urbanístico con la famila Real Saudí y, que se sepa, ninguno de sus miembros aparece imputado,  a pesar de que la Policía, como ella misma afirma haya investigado: “...todos estos extremos...”.

    Los denunciantes, en un apartado de título: “Incrementos patrimoniales no justificados en cargos públicos”, se refieren así "al alto nivel de vida ” del que disfruta Francisco Zamorano, omitiéndose también datos importantes interesadamene, que, de ser mencionados, habrían restado consistencia a las acusaciones de Valadez:

“f) incrementos patrimoniales no justificados en cargos públicos.
Destacan los denunciantes el altísimo nivel de vida que presentan ciertos
Concejales y cargos del Ayuntamiento de Estepona. Es el caso de
FRANCISCO JOSÉ ZAMORANO VÁZQUEZ , quien desde que entró a formar
parte de la Corporación Municipal, en el año 1.999, ha pasado de vivir con su
madre, a tener en propiedad dos pisos áticos de 200 m2 cada uno en el centro
de Estepona, ser dueño de un vehículo de alta gama- u Audio A 6-, regalar a
su esposa un coche- marca mini último modelo- y tener participación en
distintos negocios y sociedades.”

    Es extraño que Valadez, presidente de la Juventudes Socialistas, desconociera que Zamorano se inició en la política con el PSOE y estuvo en varias corporaciones anteriores a la citada en este fragmento. De hecho antes de que  Valadez ingresara en dicho partido, a los 18 años en 1996, Zamorano ya había sido o era en ese momento senador nacional, donde permaneció por toda una legislatura de cuatro años.  ¿No les parece sospechosas estas omisiones? Por cierto que lo de “coche alta gama” es una obsesión de este muchacho. ¿Dónde están en el sumario los Rolls Royce? ¡contra!. Eso es un coche de alta gama. Como veremos en otros pasajes del sumario, la mayoría de los coches que se les reconoce como alta gama a los imputados son, si acaso gama media o media-alta. Volvemos a lo mismo: apreciaciones con una base subjetiva. Lo que para unos puede ser un coche alta gama, cuyo uso por cierto parece estar prohibido según este sumario, para otros puede ser  un utilitario o viceversa. Para mí los únicos coches alta gama son los Mercedes a partir del 600 S, los Rolls Royce, Masseratti, Ferrari, Lamborgini, etc.,  y de esos aparecen muy pocos en este sumario por no decir ninguno. Para otros, sin embargo, un Mercedes 150 o 300  de  segunda mano, adquirido por 1500 euros y acostumbrado a conducir una furgoneta Renault C-15, podrá ser alta gama, incluso lujo, depende de los vehículos que haya conocido en su vida; pero repito son apreciaciones subjetivas.

    Recuerden que también denominan de alta gama al BMW de Reina que es comprado de segunda mano en 2001, dos años antes de que entrara en política y que no tiene ni cierre centralizado con mando a distancia.

   Ya hemos dicho que no hay dos sin tres. En este fragmento  la malintencionalidad de los denunciantes y la ingenuidad de los investigadores clama al cielo. Se refiere a Pedro López Fernández, hijo de una familia acomodada y propietaria desde que uno tiene uso de razón en Estepona. Éste fue detenido y puesto en libertad bajo fianza de 300.000 euros. Uno de los párrafos para incriminarle dice así del informe, extraído de la denuncia,  que sirvió para imputarle, dice así:

“Pedro LÓPEZ FERNÁNDEZ, como Director de del Área de Urbanismo, ha sido
Gerente de la sociedad EMPRESA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO
URBANÍSTICO DE ESTEPONA SL  (EMPLADUS). Dicha empresa adeudaba a
septiembre de 2005 la cantidad de 5.240.000 euros que había recibido en tres
pagos a cuenta para hacer frente a pagos por redacción y ejecución de proyectos.
Estos pagos deberían compensarse con el cobro por el Ayuntamiento de Estepona
de las cuotas de urbanización que la empresa se compromete a remitir al
Ayuntamiento, en base a la cláusula segunda del convenio marco, de fecha 29 de
marzo de 2004, firmado entre el Consistorio y la empresa, sin que hasta
septiembre del 2005 se hubiera puesto al cobro ninguna cuota, por lo que el
Ayuntamiento no ha podido compensar la deuda que sigue viva en su totalidad.”

    Recuerden que la denuncia se interpuso en noviembre de 2006. En este párrafo se recoge que no se había cobrado ninguna cuota “...hasta septiembre de 2005...”. Ante este dato manipulado, la Policía lejos de investigar y comprobar si se había puesto o no alguna cuota al cobro desde entonces hasta 2006, puesto que había transcurrido un año y dos meses, da por buenas, sin más, sus tergiversadas declaraciones. Lo más inaudito es que este informe es de fecha 27 de marzo de 2007, esto es, cuatro meses después de las denuncias y, como en todos los demás puntos, ni siquiera se comprobó, ni se intentó a lo largo de ese tiempo transcurrido. Interesaba que el pueblo de Estepona votara antes.

     Debe ser que en Estepona sólo se pueden tener utilitarios. En la página 229 de este tomo (informe policial) se hace patente de nuevo la obsesión por los coches “alta gama”por parte de los investigadores o como se llamen. También le cayó este San Martín a Pedro López:

“Es importante señalar que según las bases de datos de la Dirección General de
la Policía Pedro LÓPEZ FERNÁNDEZ no es titular de ningún vehículo, y sin embargo
su ex mujer, cuñados, padre y hermano, así como parte de las empresas vinculadas a
ellos son titulares de vehículos de alta gama.

    Ahora bien, lo de “importante señalar” ¿a qué viene?. Supongo que quiere decir que es importante para la investigación. Pero ¿en qué grado es importante entonces el hecho de no tener vehículos a su nombre? ¿Está prohibido o es sospechoso de algo el hecho de no tenerlos?. ¿Es un motivo para iniciar una investigación, el hecho de que “sospechosamente” no tenga coches?. En derecho común no es ningún delito. Sólo lo es o lo será cuando la normativa europea nos enseñe los dientes de lobo que tiene escondidos y haga añicos el principio de que mientras algo no esté prohibido expresamente, es legal; frente al nuevo derecho europeo que dirá que si algo no está regulado, practicarlo es ilegal.

    En una palabra, se tiende a entender, por los cuerpos policiales, que se han convertido en brazos armados de corporaciones del Gobierno y que han dejado de ser policías a la antigua usanza ciudadana, para convertirse en oficiales de policía, al servicio del consorcio o corporación gubernamental, no del ciudadano, que somos culpables mientras no demostremos que somos inocentes; rompiendo con ese principio del derecho común de que somos inocentes mientras no se nos demuestre lo contrario; pero con pruebas no con conjeturas.

   Analizando los desmanes legales cometidos en este sumario, pues no se puede denominar investigación, tenemos que volver a hablar de CODELSA. Este otro fragmento pone más a las claras aún los presuntos intereses de CODELSA, en la que, recordemos, Valadez "confía" cuando le interesa, con Zamorano. Extrañamente, como hemos visto en la primera parte de este escrito, el informe sobre la supuesta infravaloración de suelo,  por parte de CODELSA fue calificado de ”informe de una empresa independiente". Sin embargo ahora, en la misma denuncia:

"Francisco José ZAMORANO VÁZQUEZ ha estado vendiendo muchísimos
aprovechamientos urbanísticos municipales a la sociedad CODELSA SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CONSTRUCCIONES (CIF A29044310) que posee su cuñado
Vicente DELGADO ALGAS^  con otros socios. Los dos socios mayoritarios son
Vicente y su hermano Félix DELGADO ALGAS."

    La misma Policía reconocería un año y medio después (3 de junio de 2008) que no había tenido acceso a dicho informe. ¿Cómo pudo entonces tener en cuenta y dar por válido la Policía el supuesto informe en el que Valadez sustentó o basó su denuncia, cuando en otra parte de sus escritos le imputa presuntos delitos urbanísticos a la misma empresa que redactó tales “independientes informes”.

     Yendo a otro asunto también algo, digamos extraño. En la página 145 del informe policial citado se recoge:
    
    “ Además de lo anterior, con posterioridad los denunciantes han realizado
distintas manifestaciones de interés a los investigadores que son complemento a la
denuncia inicial.”

      Estas “distintas manifestaciones” no aparecen en el sumario fechadas ni descritas. Respecto a ellas sólo podemos intuirlas por las propias declaraciones policiales en sus informes. Esta afirmación podría estar revelándonos una ilegalidad, puesto que desde el día 29 de Marzo de 2007 las actuaciones fueron declaradas secretas para todas las partes excepto para el fiscal. ¿Tuvo acceso  Valadez a la investigación, a pesar de estar declaradas secretas? ¿Se convirtió Valadez en un informante o colaborador policial? Curiosamente, por aquellas fechas, se filtraron muchas informaciones sobre lo que se conoció una vez iniciada la operación, el día 17 de junio de 2008. Estas informaciones eran sustraídas de un sumario secreto y, curiosamente, su mujer es periodista y está relacionada con los compañeros de los diferentes medios, incluso con la redactora de El País.

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Una Operación inquisitorial (XX). Valadez adquirió una vivienda a una empresa denunciada que aparece en sus denuncias.

Pero hay más datos, que deberían haber puesto sobre aviso a los policías o "investigadores",  sobre la posible manipulación o inconsistencia de los datos aportados por  Valadez, respecto a la independencia de los informes. En  esa misma página del tomo, también citado, aparece José Antonio Molina López como administrador de esta inmobiliaria:

“PERSONAS Y EMPRESAS RELACIONADAS:
Administradores:
- Juan José FERNANDEZ VÁZQUEZ (24693796F)
- Andrés MARTIN CABA (08914453K)
- Félix DELGADO ALGAS (17167649N)
- José Antonio MOLINA LÓPEZ (24792657Z)
- Vicente DELGADO ALGAS (24829420T)
Administradora hasta el 2003, Bárbara GALÁN CHACÓN (25635562S).”

     Si, como confirman los propios datos aportados por la Policía, CODELSA y el redactor de los supuestos informes de "infravaloración" del suelo, José Antonio Molina López, tenían intereses urbanísticos en Estepona y por tanto no era una valoración “independiente”; ¿por qué son tenidos en cuenta como datos objetivos en la denuncia? Pues por que no había otros. Estos eran los únicos que había, si es que los había en los términos que se nos ha hecho creer. Valadez echó mano de ellos para dar soporte a su denuncia. La Policía no tenía por qué saber los tejemanejes de  Valadez, pero debió haberse cerciorado antes, cosa que, como estamos explicando no hizo en ningún momento.
     
     Por si quedara alguna duda sobre la “independencia” y credibilidad que la Policía y Valadez dan a José Antonio Molina López, éste además participa en la empresa con un 9%, según se refleja en la misma página del citado tomo:

  " Participada por:
- PEDEJARRO SL (B29824059) con el 7,00%
- M Pilar DELGADO ALGAS (74796956J) con el 19,00%
- JOSE MOLINA E HIJOS SA (A29395225) con el 9,00%
- José Antonio MOLINA LÓPEZ (24792657Z) con el 9,00%..."
    
    Incluso se deduce que sus propios hijos, según el apellido que aparece reflejado en la línea anterior: JOSE MOLINA E HIJOS, pueden tener otra participación del 9%, caso de que se trate del mismo Molina López.

    En cualquier caso, ¿cómo podemos calificar de “independiente” y otorgarle toda la “confianza” y credibilidad a un supuesto informe, redactado por una empresa que tiene intereses urbanísticos en Estepona y que firma convenios con el Ayuntamiento, respecto a otra empresa o convenio que también tiene intereses en Estepona? He aquí la posible respuesta. David   Valadez, tenía relación  con la Inmobiliaria Corales Dos de Estepona,  había adquirido una vivienda a esta inmobiliaria el 9 de octubre de 2007 en este mismo convenio investigado. Es decir Valadez, un año después de interponer una denuncia sustentada en un informe “independiente” de esta empresa, adquirió un inmueble a la misma. Así aparece en el sumario en la página 101 del tomo IX:

“OTROS DATOS DE INTERÉS
El 09.10.2007 David VALADEZ LÓPEZ adquirió un inmueble por un importe de
137.090.86€ a INMOBILIARIA CORALES DOS DE ESTEPONA SL.”

   También José Ignacio Crespo aparece en esta lista como adquiriente de una vivienda a esta misma inmobiliaria, pero por un valor inferior en 30.000 euros con respecto al precio de la vivienda de   Valadez. Contra estos datos, cuando se hicieron públicos hace algunos meses,  Valadez arremetió con su característica locuacidad en sus medios e intentó desmentirlos para demostrar su desvinculación con la empresa, argumentando que dicha vivienda la adquirió en su época de noviazgo con su actual y única mujer la, también periodista (ésta en ejercicio) Mª Ángeles Cervantes. Sin embargo las fechas no coinciden puesto que para entonces (adquisición de la vivienda), ya llevaba varios años casado. ¿Curioso no?. ¿Cómo le pasaron desapercibidos estos datos a la Policía?. No le pasaron desapercibidos, simplemente tenían que seguir usándolo para que les facilitara la información que le fuera requerida.

    Pero lo más sangrante es que  Valadez era el único de las personas relacionadas con el Ayuntamiento que compraron viviendas en esta promoción que , a fecha de este informe de 3 de junio de 2008, ocho meses después, aún no tenía referencia catastral, esto es aún no lo había inscrito en el registro de la propiedad. Así se explica en la página 111 del tomo IX:

"Trabajadores del AYUNTAMIENTO
- Simón RAMÍREZ ALONSO posee la finca con número registral
6834102UF0363S0008IP sita en Ar El Carmen 8 (P) Bl:1 Es:1 PI:O0 Pt:05 y
la finca con número registral 6834102UF0363S0045PS sita en Ar El
Carmen 8 (P) 81:1 Es:3 Pl:01 Pt:A
- David VALADEZ LÓPEZ: el 09.10.2007 adquirió un inmueble sin poder
determinarse a día de la fecha el número de referencia catastral.
- Francisco Alberto GONZÁLEZ MENA posee la finca con número registral
6834104UF0363S0006QI sita en Ar El Carmen 3 (P) Es:1 Pl:00 Pt:12.”
 
     Fíjense el detalle; el hecho de tener referencia catastral le permite a la Policía publicar la calle, el número, etc, de los que han comprado un piso en esta promoción. Lo que no ocurre con  Valadez, pues es el único de estos tres citados aquí, y de los quince que adquirieron viviendas, que aún no la había registrado en el momento de redactar este informe policial de dos semanas antes del inicio de la operación “antiterrorista”.
 
   Valadez era, o se convierte así, presuntamente, no tanto Concejal sino informador policial. Esto es, chivato de la Policía. Generalmente conocidos como arrepentidos que se ponen al servicio de la Policía, para la  obtención de pruebas enfocadas a la averiguación de delitos, a cambio de alguna contra-prestación, como puede ser el perdonarle a él o no imputarle  para beneficiarle durante el juicio.

     Pero por lo visto esta no su vivienda habitual. Curiosamente, todas las viviendas adquiridas en esa promoción investigada están sitas en la Avda El Carmen. Pues bien, según los domicilios aportados por los denunciantes, David VALADEZ LÓPEZ, con Documento Nacional de Identidad número 77.451.290-D, tiene su domicilio en la calle San Juan número 24, 2" planta de Estepona (Málaga). Por tanto esta no sería la vivienda que había adquirido en 2007. Así, pues,  Valadez o tiene dos viviendas como mínimo, o vive en un domicilio alquilado o propiedad de otros; familiares, etc. En cualquier caso, ¿por qué no registró su vivienda comprada a una empresa investigada, pero cuyos informes él los calificada de toda confianza e independientes? Tal vez porque pensó que así nadie le podría vincular o sería más difícil hacerlo, a dicha empresa. Cosa que, efectivamente, de no haber mediado una investigación policial sobre la misma, hubiese sido imposible, al no constar nota simple en el registro. La otra razón puede radicar en ahorrarse él el IBI y demás impuestos.

      En otro orden de cosas, algo que no se cuestiona en estos tomos, sobre el que se ha abierto parte  del sumario, es el papel que en todo esto han tenido las entidades financieras. Algo que analizaremos también en próximas entregas. Avanzarles que, “lógicamente” ningún directivo bancario ha sido imputado. ¿Pero había razones para lo contrario?.  ¡Quien dijo que con la Iglesia, con los bancos hemos topado!”.

   Así las cosas, la Policía emite otro informe el día 9 de abril de 2007  “Sobre las presuntas  actividades de cohecho, malversación de caudales públicos y blanqueo de dinero llevadas a cabo en el entorno del Ayuntamiento de Estepona”. En otra página de este informe los delitos los da por hecho:

“En virtud de lo cornunicado en el Informe mencionado anteriormente, para
continuar la investigación, recoger pruebas sobre las actividades de cohecho,
malversación de caudales públicos, blanqueo de dinero y otros delitos asociados,
identificar a sus autores y determinar la participación de cada uno de ellos en las
mismas.” (Página 411. Tomo I)

     La Policía, sin más pruebas que las falsas o manipuladas o sesgadas, aportadas por  Valadez, da por hecho en este informe la confirmación de los delitos. Pero, al igual que con los anteriores, nada se había investigado. De hecho, como se apunta en párrafos anteriores, a fecha de 3 de junio de 2008, casi dos años después de la denuncia, la Policía no los tenía en su poder, a pesar de confirmar en su primer informe de fecha 27 de marzo de 2007, la existencia de los mismos. Un sinsentido más puesto de manifiesto en el transcurso de la investigación que, por otro lado, está centrada en escuchas más aptas de un programa del corazón que de una verdadera y seria investigación policial.

   La Introducción de la página 419 de este informe la encabeza nuevamente alusiones a Manuel Reina. En un intento de relacionarlo con la operación Gruta, por el hecho de que los propietarios del Club Oasis estaban inmersos en esta  operación de tráfico de drogas y blanqueo de dinero. Y puesto que, supuestamente, dieron un dinero al PES para publicidad en un periódico local, supuestamente en pago de la licencia de apertura de su establecimiento situado en El Padrón, los policías llegan a inmiscuirlo en la operación por tráfico y blanqueo:

“En la denominada "OPERACIÓN GRUTA", desarrollada por esta Sección de
Blanqueo de Dinero en el Juzgado Central de Instrucción número CINCO, en el
marco de Diligencias Previas 200/2005, por presuntos delitos contra la Salud Pública
y Blanqueo de Capitales, se ha tenido conocimiento de presuntos delitos de cohecho.
Estos delitos de cohecho son consecuencia del pago de comisiones efectuado por
unas personas (imputadas como responsables de presuntos delitos de tráfico de
estupefacientes y/o de blanqueo de capitales en las citadas Diligencias Previas) a
otras personas relacionadas con el Ayuntamiento de Estepona (Manuel REINA
CONTRERAS, Arturo Manuel CEBRIÁN GARCÍA y Ana María CRESPO DE
LUCAS), con el fin de que se concediera la licencia de apertura del establecimiento
"OASIS CLUB PLAZA" en la localidad de Estepona.”

     Más adelante haremos una observación sobre este dato. Otra esperpéntica revelación aportada por los denunciantes, al que dio crédito, sin más, la Policía, se refiere a las elucubraciones contenidas en el informe policial y cuya reseña aparece en la página 131 de este tomo I. Por esta regla de tres, de imputar hechos inconexos porque aparezcan en sumarios diferentes depende de cómo convenga, igualmente delictivo pudiera ser el famoso convenio urbanístico firmado por el Ayuntamiento de Valadez, a mediados de este año 2009, y la familia Real Saudí. Digo esto porque en el último libro de Daniel Estulin: “Los señores de la sombras”, aparece citado un miembro de esta familia en un caso de tráfico de estupefacientes a nivel internacional. Así lo recoge el citado autor: Daniel Estulin: Los señores de las sombras, Editorial Planeta 2007. Páginas 294-295:

    "En 1999, la agencia contra la droga estadounidense (DEA) desarticuló una enorme conspiración que involucraba a un príncipe saudí en el tráfico de cocaína desde Colombia...." "En junio de 1999 fueron confiscados en París 808 kilos de cocaína..."

   "A través de un fax interceptado, la oficina regional de la DEA en Bogotá supo de la cocaína incautada y pudo vincular la operación con los saudíes. La investigación de la DEA estaba enfocada sobre todo en el príncipe Nayif al Saud, alias El Príncipe... "A la caza de contratos internacionales de tráfico de estupefacientes, Nayif viajaba en su propio Boeing 727 y se valía de su estatus diplomático para evitar las revisiones de aduana."   "Nayif también se habría reunido con miembros de los cárteles de la droga en Marbella..."

     La reunión a la que alude Estulin tuvo lugar en el Palacio que la Familia Real saudí tiene en Marbella. Por cierto,  puestos a divagar, podemos implicar también al Rey de España quien, durante  una de las visitas últimas realizadas por el nuevo monarca saudí, tras la muerte del Rey Fa, a su Palacio de Marbella, mantuvo allí con éste una visita de cortesía.

   Por cierto que respecto a la familia saudí, existe una referencia, sobre una posible operación irregular, como no, infundada también, a raíz de lo que hemos explicado, puesto que el convenio con los saudíes lo ha firmado el propio Valadez siendo ya él la máxima autoridad local. Página 61 tomo VI:

"Respecto a estas llamadas es de resaltar que Ignacio BAYON es socio único
de la empresa INVERSIONES CLAUDIETA AZUL SL, cuyo objeto social es realizar
inversiones en derechos de aprovechamiento y urbanísticos, por lo que estas llamadas
pudieran desembocar en algún tipo de actividad ilícita, por las claras intenciones de
éste en formar parte de este proyecto y por la forma de negociar que tienen los
inversores saudíes, los cuales de todos es sabido el potencial económico que poseen,
por lo cual todos estos extremos serán investigados.
(Conversaciones mantenidas los días 13.12.07 a las 11:49 y 19.12.07 a las
20:03)."

¿Será investigado, pues, el convenio firmado por Valadez con la familia saudí?

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Una Operación inquisitorial (XIX)

Ya hemos apuntado algo sobre la presión mediática, ejercida en Estepona, por parte de  la señora de  Valadez y sus  compinches de profesión y medios, durante los meses previos y posteriores a la Operación Astapa. Especialmente hasta su investidura. Veremos incluso como sus informaciones, a través del vehículo de EFE y Europa Press, se reflejaba tal cual en diferentes periódicos sin cambiarse ni una coma. Analizaremos también dónde y cómo se produce la manipulación o desinformación informativa, valga la redundancia.

   Como estamos viendo, el principal objetivo de Valadez, con sus denuncias, escondía la consecución de la alcaldía, la toma de Estepona a toda costa. Lo que su ejecutiva regional no le había permitido: ser el nº1 por la lista del PSOE en 2007, lo conseguiría a través de un atajo. El fin justificaría sus maquiavélicos medios. Para ello no escatimó recursos, incluso la utilización de la Policía y la Justicia para conseguir su objetivo con  denuncias falsas o manipuladas, como estamos analizando en estos capítulos. La propia Policía ha sido víctima del atajo político de  Valadez en pro de su interés político y personal, labrándole el terreno.

    La mala fe de  Valadez va muy lejos y el deseo de imputar, sin pruebas, frívolamente, tanto de los propios denunciantes, como  de la Policía o  de la jueza Conejo y del propio fiscal ¿anticorrupción?, Juan Carlos López Caballero, es lo más preocupante para quienes creían confiar en la Justicia. En el caso de los estamentos policiales y judiciales, su actuación  roza el esperpento; poniendo en entredicho tanto su imparcialidad como su profesionalidad; algo que, como el valor al soldado, a ellos debería suponérseles. La Policía sigue el dictado de  Valadez a pies juntillas, indiferente ante el hecho de que  éste tenía intereses personales ocultos en su denuncia, relacionados con la política. Pero esta circunstancia no generó ninguna sospecha, increíblemente, entre los investigadores.

    En muchos casos las informaciones de los denunciantes están sacadas de contexto y carecen de relevancia. Añadiendo datos igualmente inconexos pero que engrosan el expediente y la confusión intencionadamente implícita en las mismas. La colaboración de la Policía con  Valadez se pone de manifiesto en este primer tomo del sumario (donde se toman las principales actuaciones), una vez que ni las referencias a los medios de comunicación, cuyas informaciones son entregadas a la policía entre la documentación, ni los presuntos informes “externos”, como los de CODELSA avalando las denuncias, aparecen en este sumario. Al menos en estos tomos donde deberían constar. De hecho hasta el día 3 de junio, como mínimo, la Policía los desconocía.

    He aquí la prueba. Según  el INFORME N'' 52.272 UDEF-BLA RECONSTRUCCIÓN DE CONVENIOS TOMO 3/3 de fecha 3 de junio de 2008. La propia Policía carece de dichos informes que, recordemos, dieron pie a la toma de las graves y drásticas medidas poli-judiciales, incluidas las intervenciones telefónicas. Así, según el citado informe, en sus  páginas 84 y 85, la Policía reconoce que aquellas presunciones sobre las infravaloraciones del suelo por informes “independientes” de CODELSA (imputada), puestas de manifiesto por   Valadez en  su denuncia, en realidad no existen, al menos hasta la fecha mencionada:

“Como ya se indicaba, este Convenio es otro de los ejemplos de las valoraciones inadecuadas efectuadas por Javier WITMEUR, según la valoración a precios de mercado efectuada por el Arquitecto Técnico José Antonio MOLINA LÓPEZ, de la entidad CODELSA, si bien, en ésta Brigada no se dispone del pertinente informe de valoraciones, no pudiéndose determinar si efectivamente fue dicho arquitecto el que las efectuó, aunque la lógica derivada del estudio de otros Convenios así lo indicaría.”
     ¿Cómo puede afirmar la Policía que la valoración era inadecuada, no presuntamente inadecuada,  basándose en otro informe que dice no disponer de él? ¿Entonces cómo ha llegado a disponer que las valoraciones eran inadecuadas?, ¿por la prensa?. Sólo faltaría eso: que la prensa marcara el paso de las investigaciones policiales en España. ¡Cómo hay tantos buenos profesionales y no están politizados!. Ni siquiera hoy, 6 de marzo de 2016, cuando actualizo esta previa información, se sabe si las valoraciones eran o no inadecuadas, pues aún está a la espera la Policía de 30 informes sobre dichos convenios.

     Recordemos que se trata del convenio Mundo, el cual, ni siquiera llegó a firmarse, como indica la propia Policía en la página 77 del mismo tomo,  ante la negativa de  Valadez y Cristina a poner su rúbrica en una adenda, de este convenio, posterior a la primera firma del mismo que, en aquella ocasión sí fue rubricado por uno de  los ediles denunciantes: David  Valadez. Pero las divagaciones van aún más lejos. A Witmeur se le intenta desacreditar, por parte de los denunciantes en sus denuncias,  debido al hecho de que se trata de un ingeniero técnico, no arquitecto. Curiosamente tal es la cualificación de José Antonio Molina López, quien, además, trabaja para CODELSA, imputada en esta operación y que tiene intereses urbanísticos en Estepona, según los propios informes policiales, cuyas citas iremos exponiendo.

    Sin embargo, estos informes, que según los denunciantes hablaban de infravaloración del suelo, deberían de constar en este tomo I,  pues  contiene la denuncia donde se hace referencia a los mismos y los diferentes pasos poli-judiciales que se adoptaron a raíz de ello. Sólo aparecen descritos, de forma parcial y según la interpretación que sobre ellos quiera hacer, de forma subjetiva, la Policía para adaptarlos a su interpretación de los hechos. ¿Dónde están estos “informes externos” si dice no disponer de ellos. ¿Al menos de uno, por ahora? ¿Por qué no aparecen en el sumario los originales? Porque no existían en la denuncia original, era sólo la palabra de los denunciantes. Sin embargo el propio  Valadez indica en su denuncia la entrega de dichos documentos:

“Adjuntamos también a esta documentación distintas valoraciones realizadas por técnicos extemos al Ayuntamiento y de nuestra absoluta confianza que han sido los encargados de realizar varios informes en los que se demuestra fehacientemente cómo la tasación realizada por el Consistorio es, siempre, muy inferior a la del mercado.

VER VALORACIÓN EXTERNA CONVENIOS”

    Los informes de CODELSA, son ahora de ¡absoluta confianza para  Valadez, y su palabra  va a misa!.  Pero, ¿dónde están?. ¿Por qué la Policía dice, como acabamos de exponer: “si bien, en ésta Brigada no se dispone del pertinente informe de valoraciones” refiriéndose a uno de dichos informes?. ¿Me lo pueden explicar? ¿Podríamos estar ante un motivo más de nulidad de aquel informe policial de 27 de marzo de 2007, en el cual se solicitaban las medidas contra los imputados y con el que tanto Fiscalía como jueza Conejo, avalaron la adopción de tales medidas? Si la Policía reconoce, casi dos años después que no han tenido acceso a dichas valoraciones  “independientes” señaladas por  Valadez en su denuncia, ¿acaso mintió   Valadez?. Repito, esa “valoración externa de convenios” no ha aparecido en los XIII tomos del sumario, la propia Policía lo reconoce, y debería formar parte del mismo. Un servidor, la verdad no lo entiende.
  
   Más delictivo sería aún que descubriésemos que los informes supuestamente realizados por CODELSA, empresa en la cual  Valadez, según este párrafo ahora confía, ni siquiera existan o estuviesen movidos por motivos e intereses de CODELSA en dichas construcciones, que se emprenderían a raíz de los citados convenios, y en la cual ella pudiera estar interesada, en un intento de abortarlos por intereses propios. Estos son los datos del sumario. Aunque a lo mejor es que uno no los entiende bien, o  alguien ha querido redactarlos de manera que no se entiendan.

      Supongamos que dichos informes existen y que los ha redactado quién dice la Policía que los ha redactado. Lo cierto es, por otro lado, que la Policía misma admite que no puede asegurarlo:

“Como ya se indicaba, éste Convenio es otro de los ejemplos de las valoraciones inadecuadas efectuadas por Javier WITMEUR, según la valoración a precios de mercado efectuada por el Arquitecto Técnico José Antonio MOLINA López, de la entidad CODELSA, si bien, en ésta Brigada no se dispone del pertinente informe de valoraciones, no pudiéndose determinar si efectivamente fue dicho arquitecto el que las efectuó, aunque la lógica derivada del estudio de otros Convenios así lo indicaría.” Tomo IX. Página 83-84.
     Lo que ya hemos hablado. Califica las valaraciones de Witmeur de inadecuadas, según la valoración de José Antonio Molina Lópéz, al tiempo que admite que no dispone del “pertinente informe de valoraciones, no pudiendo determinar si efectivamente fue dicho arquitecto el que las efectuó”.  ¿Entonces en qué quedamos?

     Pues bien José Antonio Molina López, que no es arquitecto sino arquitecto técnico, recuerden este dato, como presumíamos anteriormente no es que trabajara para una empresa que pudiera tener intereses urbanísticos, es que forma parte de la administración de una como mínimo, en concreto, que participó en otro convenio que también sería investigado, el convenio de El Carmen:

24 UNIDAD DE EJECUCIÓN DE "EL CARMEN" (UEN-R38).-
En el siguiente apartado se procede a analizar las operaciones urbanísticas
que han tenido lugar, posiblemente después de la firma de un Convenio, del que se
desconocen los datos, en la Unidad de Ejecución UEN-R38 El Carmen, cuya principal
protagonista es una mercantil administrada por los hermanos DELGADO ALGAS,
cuñados de Francisco José ZAMORANO VÁZQUEZ.
Consultado el Catastro, las fincas incluidas en el Convenio El Carmen
pertenecerían a:
INMOBILIARIA CORALES DOS DE
ESTEPONA SL
INMOBILIARIA CORALES DOS DE
ESTEPONA SL Y PARTICULARES
AYUNTAMIENTO
LIDL SUPERMERCADOS SA
24.1 Información de la AEAT v del Registro Mercantil.-
. INMOBILIARIA CORALES DOS DE ESTEPONA SL ÍB92207984)
- Fecha de constitución 04/01/2001
- Capital social 546.000,00€.
- Calle Real, número 89, Entresuelo, Estepona, Málaga.
- Compra, venta, promoción y explotación de toda clase de bienes inmuebles por
cualquier forma admitida en derecho.
- Presidente: Vicente DELGADO ALGAS; Consejeros: Andrés MARTIN CABA,
Juan José FERNANDEZ VÁZQUEZ, Vicente DELGADO ALGAS, Félix DELGADO
ALGAS y José Antonio MOLINA LÓPEZ; Consejero delegado solidario: José
Antonio MOLINA LÓPEZ. Tomo IX. Página 95

    Como vemos el nombre de José Antonio Molina López aparece en dos ocasiones: una como  consejero delegado y otra como consejero delegado solidario de Inmobiliaria Corales Dos de Estepona, una de las empresas que participaban en el convenio. ¿Tenían sus facultades mermadas quienes avalaron sus denuncias a tenor de unos “informes independientes”, realizados por un señor, Molina López y/o CODELSA,  los cuales, como hemos analizado más arriba, al señor  Valadez les merecía toda su confianza?  Pero es que, además, el señor José Antonio Molina López, es arquitecto técnico, al igual que el señor Witmeur, a quien  Valadez cuestiona sus informes por no tener la cualificación total de licenciado en arquitectura, esto es, arquitecto a secas. ¿Estos datos no levantaban sospechas sobre las incongruencias que la investigación iba destapando respecto a los datos aportados por los denunciantes desde principio?

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Nota

Pedimos al lector que si tuviera conocimiento de algún dato erróneo aquí expuesto, que no venga derivado del sumario, sino de nuestro análisis, no dude en ponerse en contacto con el editor en operacionastapa@yahoo.es