lunes, 29 de marzo de 2010

Una Operación inquisitorial (XXI). Coches de "alta gama" a BMW de segunda mano sin cierre centralizado, comprado en 2001.

No. No hablamos de una república bananera. Esto, aunque parezca una broma, es real y ha ocurrido en España en el siglo XXI. Curiosamente, ha sido él mismo quien ha firmado, a principios de 2009, un convenio urbanístico con la famila Real Saudí y, que se sepa, ninguno de sus miembros aparece imputado,  a pesar de que la Policía, como ella misma afirma haya investigado: “...todos estos extremos...”.

    Los denunciantes, en un apartado de título: “Incrementos patrimoniales no justificados en cargos públicos”, se refieren así "al alto nivel de vida ” del que disfruta Francisco Zamorano, omitiéndose también datos importantes interesadamene, que, de ser mencionados, habrían restado consistencia a las acusaciones de Valadez:

“f) incrementos patrimoniales no justificados en cargos públicos.
Destacan los denunciantes el altísimo nivel de vida que presentan ciertos
Concejales y cargos del Ayuntamiento de Estepona. Es el caso de
FRANCISCO JOSÉ ZAMORANO VÁZQUEZ , quien desde que entró a formar
parte de la Corporación Municipal, en el año 1.999, ha pasado de vivir con su
madre, a tener en propiedad dos pisos áticos de 200 m2 cada uno en el centro
de Estepona, ser dueño de un vehículo de alta gama- u Audio A 6-, regalar a
su esposa un coche- marca mini último modelo- y tener participación en
distintos negocios y sociedades.”

    Es extraño que Valadez, presidente de la Juventudes Socialistas, desconociera que Zamorano se inició en la política con el PSOE y estuvo en varias corporaciones anteriores a la citada en este fragmento. De hecho antes de que  Valadez ingresara en dicho partido, a los 18 años en 1996, Zamorano ya había sido o era en ese momento senador nacional, donde permaneció por toda una legislatura de cuatro años.  ¿No les parece sospechosas estas omisiones? Por cierto que lo de “coche alta gama” es una obsesión de este muchacho. ¿Dónde están en el sumario los Rolls Royce? ¡contra!. Eso es un coche de alta gama. Como veremos en otros pasajes del sumario, la mayoría de los coches que se les reconoce como alta gama a los imputados son, si acaso gama media o media-alta. Volvemos a lo mismo: apreciaciones con una base subjetiva. Lo que para unos puede ser un coche alta gama, cuyo uso por cierto parece estar prohibido según este sumario, para otros puede ser  un utilitario o viceversa. Para mí los únicos coches alta gama son los Mercedes a partir del 600 S, los Rolls Royce, Masseratti, Ferrari, Lamborgini, etc.,  y de esos aparecen muy pocos en este sumario por no decir ninguno. Para otros, sin embargo, un Mercedes 150 o 300  de  segunda mano, adquirido por 1500 euros y acostumbrado a conducir una furgoneta Renault C-15, podrá ser alta gama, incluso lujo, depende de los vehículos que haya conocido en su vida; pero repito son apreciaciones subjetivas.

    Recuerden que también denominan de alta gama al BMW de Reina que es comprado de segunda mano en 2001, dos años antes de que entrara en política y que no tiene ni cierre centralizado con mando a distancia.

   Ya hemos dicho que no hay dos sin tres. En este fragmento  la malintencionalidad de los denunciantes y la ingenuidad de los investigadores clama al cielo. Se refiere a Pedro López Fernández, hijo de una familia acomodada y propietaria desde que uno tiene uso de razón en Estepona. Éste fue detenido y puesto en libertad bajo fianza de 300.000 euros. Uno de los párrafos para incriminarle dice así del informe, extraído de la denuncia,  que sirvió para imputarle, dice así:

“Pedro LÓPEZ FERNÁNDEZ, como Director de del Área de Urbanismo, ha sido
Gerente de la sociedad EMPRESA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO
URBANÍSTICO DE ESTEPONA SL  (EMPLADUS). Dicha empresa adeudaba a
septiembre de 2005 la cantidad de 5.240.000 euros que había recibido en tres
pagos a cuenta para hacer frente a pagos por redacción y ejecución de proyectos.
Estos pagos deberían compensarse con el cobro por el Ayuntamiento de Estepona
de las cuotas de urbanización que la empresa se compromete a remitir al
Ayuntamiento, en base a la cláusula segunda del convenio marco, de fecha 29 de
marzo de 2004, firmado entre el Consistorio y la empresa, sin que hasta
septiembre del 2005 se hubiera puesto al cobro ninguna cuota, por lo que el
Ayuntamiento no ha podido compensar la deuda que sigue viva en su totalidad.”

    Recuerden que la denuncia se interpuso en noviembre de 2006. En este párrafo se recoge que no se había cobrado ninguna cuota “...hasta septiembre de 2005...”. Ante este dato manipulado, la Policía lejos de investigar y comprobar si se había puesto o no alguna cuota al cobro desde entonces hasta 2006, puesto que había transcurrido un año y dos meses, da por buenas, sin más, sus tergiversadas declaraciones. Lo más inaudito es que este informe es de fecha 27 de marzo de 2007, esto es, cuatro meses después de las denuncias y, como en todos los demás puntos, ni siquiera se comprobó, ni se intentó a lo largo de ese tiempo transcurrido. Interesaba que el pueblo de Estepona votara antes.

     Debe ser que en Estepona sólo se pueden tener utilitarios. En la página 229 de este tomo (informe policial) se hace patente de nuevo la obsesión por los coches “alta gama”por parte de los investigadores o como se llamen. También le cayó este San Martín a Pedro López:

“Es importante señalar que según las bases de datos de la Dirección General de
la Policía Pedro LÓPEZ FERNÁNDEZ no es titular de ningún vehículo, y sin embargo
su ex mujer, cuñados, padre y hermano, así como parte de las empresas vinculadas a
ellos son titulares de vehículos de alta gama.

    Ahora bien, lo de “importante señalar” ¿a qué viene?. Supongo que quiere decir que es importante para la investigación. Pero ¿en qué grado es importante entonces el hecho de no tener vehículos a su nombre? ¿Está prohibido o es sospechoso de algo el hecho de no tenerlos?. ¿Es un motivo para iniciar una investigación, el hecho de que “sospechosamente” no tenga coches?. En derecho común no es ningún delito. Sólo lo es o lo será cuando la normativa europea nos enseñe los dientes de lobo que tiene escondidos y haga añicos el principio de que mientras algo no esté prohibido expresamente, es legal; frente al nuevo derecho europeo que dirá que si algo no está regulado, practicarlo es ilegal.

    En una palabra, se tiende a entender, por los cuerpos policiales, que se han convertido en brazos armados de corporaciones del Gobierno y que han dejado de ser policías a la antigua usanza ciudadana, para convertirse en oficiales de policía, al servicio del consorcio o corporación gubernamental, no del ciudadano, que somos culpables mientras no demostremos que somos inocentes; rompiendo con ese principio del derecho común de que somos inocentes mientras no se nos demuestre lo contrario; pero con pruebas no con conjeturas.

   Analizando los desmanes legales cometidos en este sumario, pues no se puede denominar investigación, tenemos que volver a hablar de CODELSA. Este otro fragmento pone más a las claras aún los presuntos intereses de CODELSA, en la que, recordemos, Valadez "confía" cuando le interesa, con Zamorano. Extrañamente, como hemos visto en la primera parte de este escrito, el informe sobre la supuesta infravaloración de suelo,  por parte de CODELSA fue calificado de ”informe de una empresa independiente". Sin embargo ahora, en la misma denuncia:

"Francisco José ZAMORANO VÁZQUEZ ha estado vendiendo muchísimos
aprovechamientos urbanísticos municipales a la sociedad CODELSA SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CONSTRUCCIONES (CIF A29044310) que posee su cuñado
Vicente DELGADO ALGAS^  con otros socios. Los dos socios mayoritarios son
Vicente y su hermano Félix DELGADO ALGAS."

    La misma Policía reconocería un año y medio después (3 de junio de 2008) que no había tenido acceso a dicho informe. ¿Cómo pudo entonces tener en cuenta y dar por válido la Policía el supuesto informe en el que Valadez sustentó o basó su denuncia, cuando en otra parte de sus escritos le imputa presuntos delitos urbanísticos a la misma empresa que redactó tales “independientes informes”.

     Yendo a otro asunto también algo, digamos extraño. En la página 145 del informe policial citado se recoge:
    
    “ Además de lo anterior, con posterioridad los denunciantes han realizado
distintas manifestaciones de interés a los investigadores que son complemento a la
denuncia inicial.”

      Estas “distintas manifestaciones” no aparecen en el sumario fechadas ni descritas. Respecto a ellas sólo podemos intuirlas por las propias declaraciones policiales en sus informes. Esta afirmación podría estar revelándonos una ilegalidad, puesto que desde el día 29 de Marzo de 2007 las actuaciones fueron declaradas secretas para todas las partes excepto para el fiscal. ¿Tuvo acceso  Valadez a la investigación, a pesar de estar declaradas secretas? ¿Se convirtió Valadez en un informante o colaborador policial? Curiosamente, por aquellas fechas, se filtraron muchas informaciones sobre lo que se conoció una vez iniciada la operación, el día 17 de junio de 2008. Estas informaciones eran sustraídas de un sumario secreto y, curiosamente, su mujer es periodista y está relacionada con los compañeros de los diferentes medios, incluso con la redactora de El País.

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Nota

Pedimos al lector que si tuviera conocimiento de algún dato erróneo aquí expuesto, que no venga derivado del sumario, sino de nuestro análisis, no dude en ponerse en contacto con el editor en operacionastapa@yahoo.es